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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION???

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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION??? Empty (#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION???

Mensaje  paspi 09.05.16 22:47

Hola Buenas

Soy Policía local del departamento de atestados y mi consulta es la siguiente

Caso de conductor parado por CNP en din de semana por la noche, con síntomas de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas; avisan Policía Local y prueba en manual 0,76 mg/l.

Se le traslada a dependencia de PL  para realizar las pruebas con etilometro evidencial pero el conductor no realiza las pruebas, para de soplar, la interrumpe.... (tickets de interrupcion con parciales de 0,70 y pico)

Al final conductor detenido por conducir bajo la influencia y negativa, se le hace lectura de derechos, CITACIÓN para juicio rápido, y se le traslada a Comisaria de CNP, donde pasa a disposición Judicial, ya que nosotros no tenemos calabozos.

Mi pregunta es la siguiente, es correcto citar a esa persona para Juicio Rápido aunque pase a la mañana siguiente a disposición Judicial, o es algo que hará el Juez cuando le tome manifestación y le deje suelto????

gracias de antemano por la atencion
un saludo
paspi
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Mensaje  BALOTELLI 09.05.16 23:14

Bajo mi opinión yo le daria citación para Juicio Rápido y acta derechos investigado no detenido y teniendo domicilio conocido o dando fianza bastante de que acudirá al Juzgado, por mi parte yo lo pondría en libertad.
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Mensaje  kaimann 10.05.16 0:00

Efectivamente, en la mayoria de los casos de alcoholemia (incluida la negativa a soplar, que se traduce como delito de desobediencia grave en el C.Penal), se le imputan los delitos y se pide a traves del sistema de juicios rapidos, cita para el siguiente dia mas cercano (aqui donde estoy yo, suelen ser los martes). Todo ello se realiza en el acto, tardando poco mas de 20 o 25 minutos. La razon es la siguiente: Se puede denunciar igualmente por presentar sintomas, por lo que si el tio se pone tontito, pues peor para él. Imputacion de Desobediencia y Conducir bajo los efectos del alcohol por sintomas (ojos rojos, habla pastosa, andar erratico, etc..) Yo, en esos casos no me complico demasiado la vida, pues en mi experiencia, le van a meter lo mismo (retirada de un año de carnet y multa buena)
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Mensaje  paspi 10.05.16 2:27

Si estamos de acuerdo si la cosa va medio bien, derechos citación y a volar.

Pero en el caso de un tío desagradable, que no quiere soplar ni firmar ningún tipo de documento, citación incluida, que es un faltón, que te esta diciendo que no tiene otros webos que hacer que ir el día que le estas citando al juzgado, que esta agresivo y que no te insulta directamente pero deja caer comentarios como el que la ciudad en pequeña y que ya nos veremos, que vosotros también estáis en el bar todo el día, etc......... (aunque luego lo hagas constar)

Uno de esos que vas aguantando hasta que dices basta y seguidamente le engrilletas, y aunque a la mañana siguiente le pongan a disposición judicial y le suelten dices, esta noche la pasas en los calabozos.

A esa persona que esta detenida, se le entrega citación para Juicio Rápido, aunque no la firme, o no se hace nada mas que mandar el atestado y que le cita el juez cuando pase a disposición si quiere
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Mensaje  BALOTELLI 10.05.16 7:46

Se le cita para Juicio Rápido, y quien lo tenga en custodia lo acompaña al Juzgado y es puesto en libertad.
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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION??? Empty Re: (#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION???

Mensaje  paspi 13.05.16 2:14

Perdón por la tardanza en contestar, pero los descansos............. 

estoy de acuerdo en lo de citar para Juicio Rápido y el que le tenga en custodia ya hará lo que tenga que hacer

lastima que mi jefe no esté de acuerdo

dice que no se debe  citar a una persona que esta detenida
que solo puede ser citado cuando se le pone en libertad
o en su defecto cuando pasa a Disposición Judicial el juez
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Mensaje  LEGALISTA 13.05.16 18:01

Lo curioso es detener. En principio solo es cuestión de citarlo y ya se puede marchar.

Cual es el motivo de la detención? no lo acabo de ver...
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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION??? Empty Citación a Juicio Rápido y detención

Mensaje  JIM74 16.05.16 3:16

Por los hechos que comentas, mis actuaciones, cuando me ha tocado una situación así, han sido, relatar todo lo ocurrido para que tengan conocimiento tanto Fiscalía como el Juez y citarle para Juicio Ràpido por Delito Contra la Seguridad Vial. No suelo detener en esos casos, con una antigua "IMPUTACIÓN" entiendo que es suficiente, y en caso de que lo detenga, una vez finalizadas las diligencias básicas lo pongo en libertad al no tratarse de un Delito grave.

Una vez hice constar en diligencia aparte las amenazas recibidas por un detenido por un delito contra la seguridad vial mientras le estaba dando a firmar todas las actas y la puesta en libertad y me citaron, de oficio, Fiscalía para un ¨Juicio de Faltas" por las amenazas sufridas, debido al "alarde de sinceridad del agente" (palabras textuales de la Fiscal) no pudieron probar que fueran ciertas las amenazas porque yo no tenía testigos, pero por otro lado, el Juicio Ràpido por el Delito Contra la Seguridad Vial se celebró a posteriori y en ese fue condenado.
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Mensaje  miwelon 16.05.16 10:55

Hola, Legalista creo que la detención se produce al tener la necesidad de trasladar a la persona a dependencias policiales para someterle a las pruebas con el etilometro evidencial, ya que, si lo trasladas sin detenerlo puedes estar cometiendo una detención ilegal. Al menos eso tengo entendido yo.
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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION??? Empty Re: (#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION???

Mensaje  LEGALISTA 16.05.16 16:53

miwelon escribió:Hola, Legalista creo que la detención se produce al tener la necesidad de trasladar a la persona a dependencias policiales para someterle a las pruebas con el etilometro evidencial, ya que, si lo trasladas sin detenerlo puedes estar cometiendo una detención ilegal. Al menos eso tengo entendido yo.

Más que una detención, en este caso es el traslado para la realización delas pruebas. Pero recordemos que el precepto constitucional dice que la detención SOLO ha de durar el tiempo imprescindible. A ver que nos aclara el compañero. :)
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Mensaje  aguarinao 16.05.16 17:01

En caso de esa negativa persistente, yo procederia a su detencion y lo que ello conlleva (grilletes, traslado a centro medico...).
Posteriormente en dependecias policiales, realizaria las diligencias necesarias, haciendole entrega de la hoja con sus derechos, procedimiento de asistencia juridica gratutita... (como establece la nueva redaccion de la Lecrim), y dandole posteriomente la cedula de citacion, confeccionando la diligencia de puesta en libertad del detenido si considero que no se va a sustraer del llamamiento/citacion judicial.

Que pensais?
aguarinao
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Mensaje  LEGALISTA 16.05.16 17:22

Por una negativa no procedo a la detención (en mi caso) ya que solo tengo que citarlo e informarle de los derechos que tiene. 

Le desobediencia tiene una pena menos grave (art. 383CP) prisión hasta un año. Por lo que tendríamos que sumar si conduce bajo los efectos (acta de sintomatologia sin prueba, ya que no quiere hacerla). La instrucción es sumamente sencilla y no necesitas al "acusado" para ninguna actuación que no puedas realizar en la calle.
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Mensaje  Panchovilla 16.05.16 22:43

Yo creo que eso es una chapuza, lo citas para juicio rápido, y lo detienes???.

Ojito en que no os cite el abogado para explicar esa detención (sin motivo), porque
ya estaba investigado no detenido y por lo tanto no procede detención.
Panchovilla
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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION??? Empty Re: (#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION???

Mensaje  kaimann 20.05.16 17:51

Panchovilla escribió:Yo creo que eso es una chapuza, lo citas para juicio rápido, y lo detienes???.

Ojito en que no os cite el abogado para explicar esa detención (sin motivo), porque
ya estaba investigado no detenido y por lo tanto no procede detención.
Estoy de acuerdo. Si lo detienes, das cuenta al juez de ello y el te dice cuando tienes que presentarselo.
Si lo trasladas a dependencias policiales para imputarlo (sigue existiendo la imputacion, lo unico que cambia es el nombre que se le da a la persona, que pasa a ser "investigado"), a traves del sistema informatico de Juicios Rapidos, pides cita y una vez la tengas, se lo comunicas y puerta.
O haces una cosa o la otra. Si la detienes, tu eres el responsable de presentarlo al juez, pero si lo imputas, ya es cosa de él. Y si no se presenta, pues aun mejor, por que así le cae doble fogonazo,jeje
Y con el otro tema de la falta de respeto, amenazas, negativa a soplar, etc, pues yo he hecho las dos cosas, ademas de recurrir a la 4/2015, que tambien le va al bolsillo, que ahí si que le duele.
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(#Consulta) conductor detenido x alco+negativa, CITACION??? Empty Otro punto de vista

Mensaje  Nobelpol1 21.05.16 23:50

Buenas noches compañeros. Soy agente de PL desde 2008,ahora mismo en atestdos desde 2013. Me gustaria comentar varias cosas. Por un lado, lei antes que hay algunos compañeros o compañero que mandan al juzgado por Desobediencia los delitos de negativa,desde mi punto de vista es incorrecto ya que el delito de desobediencia [size=35]se aplicaria en defecto de articulo especifico, pero ya existe el de negativa,ningun fiscal iniciaria acciones por desobediencia.[/size]
[size=35]Por otro lado, en mi unidad en caso de hacer atestado por delitos de SV hacemos investigado no detenido, pero si detenemos al autor, no hay ningun inconveniente en citar para juicio rapido, el hecho de estar detenido no significa que sea retrasado y no pueda enterarse de que tiene un juicio el proximo martes,solo eata privado del derecho de deambulacion.[/size]
[size=35]Finalmente,hay otro compañero que decia que nos podrian 'investigar'por un posible delito de detencion ilegal en caso de trasladar a una persona a someter a la prueba de alcohol a una persona. Pues bien un dia un magistrado a esa pregunta en un curso nos dijo 'como que quien sois vosotros para llevarlo a realizar las pruebas, sois la Policia, estais investigando un posible delito, sois policia judicial en la investigacion de delitos contra la SV, no querras que lo lleve yo'. Un saludo compañeros,espero[/size][size=35] haber sido de ayuda.[/size]
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Mensaje  LEGALISTA 23.05.16 18:27

Bueno, según el juez que te encuentres te dirá una cosa u otra.

En un control, un juez nos "aconsejó" que tuviésemos el etilómetro evidenciar en el lugar del control y evitar estos "traslados forzosos" a dependencias para realizar una prueba de alcoholemia a una persona investigada. Pero no nos desviemos del tema,...

El kit de la cuestión es si se detiene/no detiene a la persona que se niega a soplar. Yo no veo congruente detener -tal como está la legislación actualmente- si el investigado es nacional y/o tiene domicilio conocido. Simplemente le abro diligencias si presenta síntomas y citación....
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