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(#Consulta) Sobre vehiculo y remolque

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CURSO (#Consulta) Sobre vehiculo y remolque

Mensaje  MAKROMAXA 26.06.16 10:02

Hola buenos días nunca he tenido claro que hacer con el vehículo que lleva enganchado un remolque, cuyas placas de matrícula no coinciden o por despiste del usuario o por dejadez a la hora de cambiar las placas de matrícula.-
Con respecto a los remolques me gustaría saber cuales tienen que pasar itv y también para transportar el carro del caballo que permiso de conducción habilitaría al conductor del vehículo para poder transportarlo me hago un lío con los pesos de las partes y los permisos.-


Última edición por INFOPOLICIAL el 26.06.16 12:25, editado 1 vez (Razón : Titulo en minusculas por favor ;-)
MAKROMAXA
MAKROMAXA



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CURSO Re: (#Consulta) Sobre vehiculo y remolque

Mensaje  agenjo 27.06.16 11:51

Se sancionan por el Art. 10.2.5a LSV poniendo en observaciones si se debe a un obstáculo, falta de visibilidad o inexistencia de placas.
Se denunciarán por este precepto los supuestos de circulación sin placas de matrícula (art. 25 RG Vehículos) y de placas no visibles o legibles (art. 49 RG Vehículos) 
En otras poblaciones (Policía Local) estas infracciones vienen contempladas en las Ordenanzas. 
Espero haberte sacado de dudas.

Saludos.

     Se me pasaba. En cuanto a los remolques, estos serán obligatorios pasar la ITV en aquellos cuya MMA superen los 750 kg. Si no es así, no será obligatoria la inspección técnica. Esto no quiere decir que los remolques de peso menor a 750 kg no sea obligatoria llevar la correspondiente tarjeta de INPECCION TÉCNICA, ya que ésta nos está diciendo que el remolque está homologado y cumple con todos los preceptos y normativas para poder circular y transportar carga y no está realizado por uno mismo o en un taller careciendo de ningún control técnico que avale su circulación y puesta en servicio.
agenjo
agenjo



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CURSO Re: (#Consulta) Sobre vehiculo y remolque

Mensaje  donquijote107 27.06.16 17:13

Muy interesante.
donquijote107
donquijote107



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CURSO Remolque

Mensaje  sapri 29.06.16 17:18

Buenas tan solo aportar que en virtud al articulo 104 immovilizaria el vehiculo, hasta que aporte las placas correctas (#Consulta) Sobre vehiculo y remolque 4092587843

Artículo 104 Inmovilización del vehículo
1. Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas podrán proceder a la inmovilización del vehículo, como consecuencia de presuntas infracciones a lo dispuesto en esta ley, cuando:



  • a) El vehículo carezca de autorización administrativa para circular, bien por no haberla obtenido, porque haya sido objeto de anulación o declarada su pérdida de vigencia, o se incumplan las condiciones de la autorización que habilita su circulación.



sapri
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