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(#Consulta) Denuncia ruidos a las 7 de la tarde
5 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION ADMINISTRATIVA
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(#Consulta) Denuncia ruidos a las 7 de la tarde
Buenas compañeros, el otro día estuve en una fiesta privada de un cumpleaños la cual la celebramos en una nave de un amigo. El caso es que a eso de las 7 de la tarde vino una vecina diciendo que si no bajamos la música avisaría a la policía local. La verdad es que la música no estaba fuerte como para molestar, pero como hay gente para todo... Mi pregunta es si a esa hora nos puede denunciar la policía local por ruidos o por otro motivo, haber si algún compi puesto en el tema me lo aclara. Gracias de antemano.
copman74
Re: (#Consulta) Denuncia ruidos a las 7 de la tarde
Buenas compañero, efectivamente te puede denunciar la Policia Local a través de la aplicación de las ordenanzas municipales por ocasionar molestias a los vecino independientemente de la hora.
ancami
Re: (#Consulta) Denuncia ruidos a las 7 de la tarde
Exactamente. Las Ordenanzas Municipales recogen, normalmente, que no se puede hacer ruido que genere molestias a los vecinos pero sin entrar en las horas.
Lo que normalmente hacemos nosotros es ir al domicilio de la persona que requiere de la presencia policial para comprobar si existen o no dichas molestias.
Una vez comprobadas, si es la primera vez solemos avisar. Si es reincidente se procede a denunciar.
Pero tal y como ha explicado el compañero ancami no se tiene en cuenta la hora sino si existen o no molestias.
Lo que normalmente hacemos nosotros es ir al domicilio de la persona que requiere de la presencia policial para comprobar si existen o no dichas molestias.
Una vez comprobadas, si es la primera vez solemos avisar. Si es reincidente se procede a denunciar.
Pero tal y como ha explicado el compañero ancami no se tiene en cuenta la hora sino si existen o no molestias.
donquijote107
Re: (#Consulta) Denuncia ruidos a las 7 de la tarde
Ok, es lo que me imaginaba. Muchas gracias compañeros.
copman74
Re: (#Consulta) Denuncia ruidos a las 7 de la tarde
De acuerdo con lo anterior, sólo matizar que eso en cuanto a las ordenanzas que regulan la convivencia, pero por supuesto las ordenanzas de medio ambiente y protección de la contaminación acústica y las leyes del ruido de las comunidades autónomas establecen unos LÍMITES DE EMISÓN Y RECEPCIÓN de ruidos, normalmente 55 deciBeliosA exterior día y 45 deciBeliosA exterior noche y en interior 40 y 30 decibelios respectivamente, día es de 08 a 22 y noche de 22 a 08 por lo que, si al recibirse quejas se realiza medición por encima de esos níveles (y si se oye ya te digo que da positivo). Se puede denunciar por producir ruidos.
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agustin234
Exceso de ruidos
Estoy de acuerdo.
Normalmente viene recogido en las O.O.M.M. de las poblaciones. En el caso de que no existiera O.O.M.M. en una determinada población por ser pequeña, etc. Habrá que acudir a la Ley de Ruido de la Comunidad Autónoma.
En la medición, que deberá ser mediante sonómetro homologado y revisado, habrá que desechar el sonido del tráfico externo, así como el despertador, etc. que se encuentre en el interior del domicilio.
En caso de ausencia del sonómetro, habrá que echarle imaginación, para ver si el infractor baja la música, etc.
Normalmente viene recogido en las O.O.M.M. de las poblaciones. En el caso de que no existiera O.O.M.M. en una determinada población por ser pequeña, etc. Habrá que acudir a la Ley de Ruido de la Comunidad Autónoma.
En la medición, que deberá ser mediante sonómetro homologado y revisado, habrá que desechar el sonido del tráfico externo, así como el despertador, etc. que se encuentre en el interior del domicilio.
En caso de ausencia del sonómetro, habrá que echarle imaginación, para ver si el infractor baja la música, etc.
pacoko
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