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Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
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splar2015
LEGALISTA
Pulo
7 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
A ver, un caso:
Vehículo conducido por un NO COMUNITARIO, con más de 6 meses de residencia no oficial en nuestro país. Aporta PNC, canjeable (pero no lo ha hecho), lo que es denunciable.
Junto a él aparece la titular del vehiculo, extranjera, legal en España.
En el caso de formular denuncia, en buena teoría habría que cobrársela y el vehículo se le podría inmovilizar hasta que se haga el pago, pero, la titular dice que el vehiculo es de su propiedad, lo que se comprueba, y que se lo lleva.
Hay un conflicto entre el DERECHO DE PROPIEDAD y de LIBRE CIRCULACIÓN de la titular del vehículo, derechos estos constitucionales y el de asegurar el cobro del extranjero sin residencia conocida, no titular del vehículo
¿Cual sería vuestra intervención?
Vehículo conducido por un NO COMUNITARIO, con más de 6 meses de residencia no oficial en nuestro país. Aporta PNC, canjeable (pero no lo ha hecho), lo que es denunciable.
Junto a él aparece la titular del vehiculo, extranjera, legal en España.
En el caso de formular denuncia, en buena teoría habría que cobrársela y el vehículo se le podría inmovilizar hasta que se haga el pago, pero, la titular dice que el vehiculo es de su propiedad, lo que se comprueba, y que se lo lleva.
Hay un conflicto entre el DERECHO DE PROPIEDAD y de LIBRE CIRCULACIÓN de la titular del vehículo, derechos estos constitucionales y el de asegurar el cobro del extranjero sin residencia conocida, no titular del vehículo
¿Cual sería vuestra intervención?
Pulo
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Le pones la denuncia al extranjero y la que tiene residencia legal se hace cargo de la denuncia si este no la paga. Así de fácil, aunque no lo parezca. :)
LEGALISTA
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Como??LEGALISTA escribió:Le pones la denuncia al extranjero y la que tiene residencia legal se hace cargo de la denuncia si este no la paga. Así de fácil, aunque no lo parezca. :)
Pulo
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Pulo escribió:Como??LEGALISTA escribió:Le pones la denuncia al extranjero y la que tiene residencia legal se hace cargo de la denuncia si este no la paga. Así de fácil, aunque no lo parezca. :)
Pues eso mismo, no? Si no paga el titular del vehículo responde por la infracción,.
LEGALISTA
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Vamos a ver, la titular del vehículo no conducía. Es el conductor el responsable de la infracción no la titular del vehículo en el caso que nos ocupa.LEGALISTA escribió:Pulo escribió:
Como??
Pues eso mismo, no?
¿Cómo vamos a retener su propiedad (Dcho. Constitucional, art. 33) si el conductor no paga?
Es muy laxo lo que dice la Ley de Seguridad Vial: "art. 87.5., Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, el conductor deberá trasladar el vehículo e inmovilizarlo en el lugar indicado por el agente denunciante. El depósito podrá efectuarse mediante tarjeta de crédito, o en metálico en euros y, en todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 94 respecto a la posibilidad de reducción del 50 por ciento de la multa inicialmente fijada" y ante dicha situación, yo no le inmovilizaría el vehículo. El Derecho de propiedad es más poderoso.
Pulo
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Pues lo dicho compañero, art 111 de la Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015 - VIGENTE_
Responsables subsidiarios del pago de multas:
"los titulares de los vehículos con los que se haya cometido una infracción serán los responsables subsidiarios en caso de impago de la multa impuesta al conductor..."
Así que no hay que retener ni inmovilizar el vehículo, solo hacer lo que indica la Ley. Sencillo, como te decía en el primer post.
Respecto al derecho de propiedad, etc,etc... No hace falta entrar en ello en este supuesto que comentas, ya que no viene al caso al no producirse la retención del vehículo.
Seria diferente si conductor y vehículo son extranjeros......
Responsables subsidiarios del pago de multas:
"los titulares de los vehículos con los que se haya cometido una infracción serán los responsables subsidiarios en caso de impago de la multa impuesta al conductor..."
Así que no hay que retener ni inmovilizar el vehículo, solo hacer lo que indica la Ley. Sencillo, como te decía en el primer post.
Respecto al derecho de propiedad, etc,etc... No hace falta entrar en ello en este supuesto que comentas, ya que no viene al caso al no producirse la retención del vehículo.
Seria diferente si conductor y vehículo son extranjeros......
LEGALISTA
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Vale, pero como bien dice: serán responsables subsidiarios en caso de impago, es decir, el procedimiento sancionador primeramente debe dirigirse el conductor responsable de la infracción, y sólo en caso de impago o de insolvencia se repetirían contra el titular.LEGALISTA escribió:Pues lo dicho compañero, art 111 de la Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015 - VIGENTE_
Responsables subsidiarios del pago de multas:
"los titulares de los vehículos con los que se haya cometido una infracción serán los responsables subsidiarios en caso de impago de la multa impuesta al conductor..."
Así que no hay que retener ni inmovilizar el vehículo, solo hacer lo que indica la Ley. Sencillo, como te decía en el primer post.
Respecto al derecho de propiedad, etc,etc... No hace falta entrar en ello en este supuesto que comentas, ya que no viene al caso al no producirse la retención del vehículo.
Seria diferente si conductor y vehículo son extranjeros......
De modo que: Extranjero con PNC NO COMUNITARIO, con más de 6 meses de residencia en España, que no ha canjeado (siendo susceptible de canje), se le denuncia a él y si no paga que responda subsidiariamente la titular, pero no inmovilizo, porque primeramente no paga en el acto.
Pulo
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Mientras se pueda evitar la in-movilización, mejor que mejor.....
LEGALISTA
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
De acuerdo con lo expuesto por Legalista, ademas hay que recordar que las causas para inmovilizar vehiculos estan debidamente taxadas en el Art. 104 del Rd 6/2015, no contemplando esa posibilidad.
splar2015
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Ya, pero sin embargo el 87.5 de la LSV dice que sí, contemplando por tanto esta posibilidad y además de forma imperativa: ..." deberá ..."splar2015 escribió:De acuerdo con lo expuesto por Legalista, ademas hay que recordar que las causas para inmovilizar vehiculos estan debidamente taxadas en el Art. 104 del Rd 6/2015, no contemplando esa posibilidad.
Pulo
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Se inmoviliza en vehículo hasta que se haga efectivo el cobro.
RDL 6/2015 es muy claro.
RDL 6/2015 es muy claro.
omunizt
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
El derecho de propiedad no resulta mermado, sigue siendo titular y dueña del vehículo. Lo que no tiene es la posesión pues hay una intervención administrativa que la está limitando legalmente. Si no quiere que esto ocurra que no permita que un señor que no dispone de autorización administrativa para conducir en España por no haber sido canjeado le coja y conduzca su coche.
Ahora si, creo que puedes tener más problemas inmovilizado que no inmovilizado.
Ahora si, creo que puedes tener más problemas inmovilizado que no inmovilizado.
____________________________________________________________________
PL Ibi 03079050
pl_ibi_03079050
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
Vehículo retirado por grúa y depositado en recinto municipal por estacionar ocupando un vado.....Si no pagan no se devuelve el vehiculo, puede haber sido conducido por persona diferente al titular del vehiculo. También hay limitacion a la posesión del titular por infracción administrativa y se tiene que pagar una tasa, nos da igual que sea el que pague, pero el vehículo no se entrega si no se paga la tasa.
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PL Ibi 03079050
pl_ibi_03079050
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
a vueltas con el tema....pl_ibi_03079050 escribió:Vehículo retirado por grúa y depositado en recinto municipal por estacionar ocupando un vado.....Si no pagan no se devuelve el vehiculo, puede haber sido conducido por persona diferente al titular del vehiculo. También hay limitacion a la posesión del titular por infracción administrativa y se tiene que pagar una tasa, nos da igual que sea el que pague, pero el vehículo no se entrega si no se paga la tasa.
el cobro de la tasa de grúa está más claro....pero yo me planteo...en cuanto al cobro de esa denuncia en el acto...
¿y si el vehículo es español de alquiler, por ejemplo?
517
Re: Cobro denuncia a extranjero e inmovilización si no paga o NO??
La denuncia recae sobre quién cometa la infracción, ya sea conductor o no, no sobre el vehículo, artículo 87.5 de la LTSV:
Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, el conductor deberá trasladar el vehículo e inmovilizarlo en el lugar indicado por el agente denunciante. El depósito podrá efectuarse mediante tarjeta de crédito, o en metálico en euros y, en todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 94 respecto a la posibilidad de reducción del 50 por ciento de la multa inicialmente fijada.
pitutis
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