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(#Consulta) Conflicto garaje privado

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MOUCHO
aguarinao
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Mensaje  aguarinao 24.01.17 13:03

Buenos días. Caso dado hace varias semanas. Como hubierais actuado y si existe consecuencias administrativas o penales.

Descampado privado que se utiliza como garaje por una colectividad DETERMINADA de usuarios, si bien no tiene valla ni cadena o similar que impida el acceso a otros vehículos, aunque en la entrada al mismo esta señalizado por una señal de vado y hace constar que es privado.

Llega un vehículo ajeno al mismo y estaciona sin darse cuenta que es privado, puesto como he dicho anteriormente, nada se lo impide físicamente.

Posteriormete llega un propietario del terreno y estaciona su vehículo impidiendo lA salida del otro vehículo, y al llegar la persona que estacionó primeramente, no puede sacar su vehículo y el propietario del terreno manifiesta que no va A retirar su vehiculo para que salga, que no hubiera estacionado ya que es privado.

Personados en el lugar A requerimiento del perjudicado, se Media con las partes y finalmente lo retira para pueda salir, sin más transcendencia.

Mi pregunta es.. Si el propietario hubiere seguido en sus trece de no mover su vehículo conscientemente A fin de perjudicar al otro implicado por haber estacionado (sin querer) en un parking privado; que consecuencias Admin. o penales pudiera incurrir?


aguarinao
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Mensaje  MOUCHO 24.01.17 17:51

Yo creo que el propietario que no deja salir con su coche al otro, pudiera incurrir en un delito de coacciones leves, ya que no le deja mover su vehículo intencionadamente, le obliga con su actitud a dejar allí su vehículo, cosa que no quiere el otro conductor. Además nosotros podemos requerirle para que retire su vehículo y le permita abandonar el lugar,entrando ya en la Desobediencia si se niega a acatar ese requerimiento.
Pero bueno, es mi opinión, habría que ver hasta donde quiere llegar el propietario de la parcela.
MOUCHO
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Mensaje  517 24.01.17 18:12

El art 245 del Código penal señala:
1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, una multa de seis a dieciocho meses, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.


si no hay violencia o intimidación no podrías acogerte al CP , ........sólo al C.Civil.
Artículo 446

Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.


por tráfico lo único que se me ocurre es que se pueda llevar la de ......impedir la puesta en circulación de un vehículo.


saludos
517
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Mensaje  Kuothz 24.01.17 23:18

buenas,
pues me haces dudar, ya que si es un garaje privado con un uso determinado de usuarios creo que no procederia ninguna denuncia del reglamento general de circulacion
Kuothz
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(#Consulta) Conflicto garaje privado Empty finca privada

Mensaje  almendro 26.01.17 19:38

Mi humilde opinión por tráfico nada ya que si el agente tiene claro que es una propiedad privada (con señal en la entrada) usado por una colectividad concreta de personas no se puede aplicar la LSV
Por Código penal el  art.245.1 no lo veo,  ya que por un lado se recoge el tema de violencia e intimidación y no se dan. En el tipo del 245.2  el sujeto activo es la persona no puede ser el vehículo.  
Yo les informaría que el propietario del terreno si es que es (constatado) persona legalmente autorizada para poder utilizar ese terreno privado, puede incurrir como bien dice el compañero en delito leve de coacciones.
El que sin saber la naturaleza privada del terreno (y no ver la placa de la entrada ¿???) ha dejado el vehículo, informarle que puede cometer una infracción -USURPACIÓN- al código civil como bien el compañero. Es evidente que por la infracción del código civil no detendría pero si le debería de informar de la situación a ambos. Por el delito leve de coacciones no detendría y lo pondría en conocimiento del juez informando a ambos. Lo práctico que se entiendan ambas partes y que finalice la situación como al final termino.   
Aunque muchas veces hay diversas interpretaciones y vías de actuación

Un saludo
almendro
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Mensaje  Bluecap 27.01.17 18:40

Saludos:
El hecho se produce al estacionar "sin darse cuenta" el conductor.
Si el propietario del terreno quiere que se respete su propiedad, tendrá que reforzar las medidas para impedir que estacionen vehículos ajenos.
Si el espacio es de uso privado, el propietario podrá reclamar el supuesto perjuicio causado, que del caso se deduce que es ninguno.
Sobre la 'rabieta' y el hecho de impedir que el conductor infractor se marche del lugar, lo mejor es informar al propietario del terreno de las consecuencias penales, para que deponga su actitud, máxime cuando no se ha producido ningún perjuicio.
En principio es un delito de coacciones leves del 172.3 CP, delito leve, que requerirá denuncia de la persona agraviada. Si la cosa sube de nivel, coacciones del 172.1.
Otro tema es, ¿es un aparcamiento familiar o son personas ajenas al propietario? ¿Se puede considerar que desarrolla una actividad de estacionamiento de vehículos? En caso afirmativo, si no tiene licencia municipal, se levantará acta de inspección.
Saludos.
Bluecap
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Mensaje  cicuta 18.02.17 17:14

hola a todos. Actuación q realizaría:
1 _veh. ajeno aparcamiento; infracción leve al art. 37.7 LO 4/2015 PSC por utilizar aparcamiento privado sin permiso. Aunque habrá q ver como de claro está el tema sobre la privacidad del terreno, pq si la señalización es tal que genere dudas no denunciaría.
2._Dueño terreno; advertencia de posible comisión de delito leve coacciones art. 172.3 sino desiste.

NOTA: si conseguiste resolver el problema mediando en mi opinión es una muy buena actuación.
cicuta
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