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(#Protocolo) de actuación policial con vehículos extranjeros
5 participantes
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(#Protocolo) de actuación policial con vehículos extranjeros
Buenos días.
¿Alguien podría pasar el protocolo de su lugar de destino en caso de vehículos extranjeros no matriculados cuyo conductor ostenta la residencia legal en España tras haber pasado los 30 o 60 días estipulados en la Ley de Impuestos Especiales?
Muchas gracias.
¿Alguien podría pasar el protocolo de su lugar de destino en caso de vehículos extranjeros no matriculados cuyo conductor ostenta la residencia legal en España tras haber pasado los 30 o 60 días estipulados en la Ley de Impuestos Especiales?
Muchas gracias.
CHOPIRRIN
Re: (#Protocolo) de actuación policial con vehículos extranjeros
Buenos tardes compañero con estos cuatro pasos tendrías los requisitos que obliga la norma:
1.-Tienes que levantar acta de localización de vehículo por infracción a la ley 38/1992 de Impuestos Especiales, en que debes hacer constar: instructores, lugar concreto en el que se comete la infracción, los datos del conductor, datos del vehículo y los documentos (identidad y datos vehículo del propietario) en los que por parte de los agentes comprueban que el vehículo supera el plazo de (1) UN mes en España, no acreditando su matriculación definitiva, así como el reconocimiento de exención del impuesto o habiendo satisfecho el mismo.
-------------------------------------------------------------------------
2. Que en el mismo acta comunicas que dispone de (5) cinco días para cumplir con lo requerido en disposición adicional primera de la ley 38/92, al objeto de realizar la matriculación definitiva en España del vehículo reseñado cuando se destine a ser utilizado en territorio español por personas o entidades que sean residentes o que sean titulares de establecimientos situados en España.
-------------------------------------------------------------------------
3.- En consecuencia y al considerar la Fuerza actuante que supuestamente se ha infringido los dispuesto en el art. (65) sesenta y cinco, apartado 1.º, letra d), de la Ley 38/1992 de 28 de diciembre y su Disposición adicional primera, se procede a levantar la presente ACTA en el lugar, al principio consignado, quedando el conductor enterado del contenido de la misma y reiterado que dispone de un plazo de (5) CINCO días para regular la situación del vehículo; participando dicha circunstancia al Iltmo. SEÑOR INSPECTOR/ADMINISTRADOR DE LA ADUANA E IMPUESTOS ESPECIALES DE PROVINCIA /que corresponda, Autoridad a la cual se remite original de la presente.
Alegaciones del conductor y firmas de todos los presentes.
-------------------------------------------------------------------------
Le entregas una copia al interesado
-------------------------------------------------------------------------
4.- Confeccionar oficio remitiendo al Sr. Administrador de Hacienda de tu provincia el Acta de constancia de hechos y de concesión de plazo para cumplimiento de la obligación relativa al impuesto especial sobre determinados medios de transporte, establecida por ley 38/1992 de Impuestos Especiales.
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1.-Tienes que levantar acta de localización de vehículo por infracción a la ley 38/1992 de Impuestos Especiales, en que debes hacer constar: instructores, lugar concreto en el que se comete la infracción, los datos del conductor, datos del vehículo y los documentos (identidad y datos vehículo del propietario) en los que por parte de los agentes comprueban que el vehículo supera el plazo de (1) UN mes en España, no acreditando su matriculación definitiva, así como el reconocimiento de exención del impuesto o habiendo satisfecho el mismo.
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2. Que en el mismo acta comunicas que dispone de (5) cinco días para cumplir con lo requerido en disposición adicional primera de la ley 38/92, al objeto de realizar la matriculación definitiva en España del vehículo reseñado cuando se destine a ser utilizado en territorio español por personas o entidades que sean residentes o que sean titulares de establecimientos situados en España.
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3.- En consecuencia y al considerar la Fuerza actuante que supuestamente se ha infringido los dispuesto en el art. (65) sesenta y cinco, apartado 1.º, letra d), de la Ley 38/1992 de 28 de diciembre y su Disposición adicional primera, se procede a levantar la presente ACTA en el lugar, al principio consignado, quedando el conductor enterado del contenido de la misma y reiterado que dispone de un plazo de (5) CINCO días para regular la situación del vehículo; participando dicha circunstancia al Iltmo. SEÑOR INSPECTOR/ADMINISTRADOR DE LA ADUANA E IMPUESTOS ESPECIALES DE PROVINCIA /que corresponda, Autoridad a la cual se remite original de la presente.
Alegaciones del conductor y firmas de todos los presentes.
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Le entregas una copia al interesado
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4.- Confeccionar oficio remitiendo al Sr. Administrador de Hacienda de tu provincia el Acta de constancia de hechos y de concesión de plazo para cumplimiento de la obligación relativa al impuesto especial sobre determinados medios de transporte, establecida por ley 38/1992 de Impuestos Especiales.
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dperagu1
Denuncia? inmovilización?
Buenas, primero dar gracias por el aporte, me surgen unas dudas en cuanto a si se inmoviliza, en mi caso si denuncio por boletin municipal (RGVEH articulo 1 apartado 2 opcion 5A)??
En caso de pasar esos dias y continua haciendo caso omiso al cambio de matricula cual seria el procedimiento, gracias de antemano
En caso de pasar esos dias y continua haciendo caso omiso al cambio de matricula cual seria el procedimiento, gracias de antemano
rubenaco22
Re: (#Protocolo) de actuación policial con vehículos extranjeros
Muchas gracias por la información. Gracias.adt468 escribió:Este seguimos aplicando en Benidorm
CHOPIRRIN
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