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(#Documento) Metodología para la selección de ubicaciones para la instalación de los medios fijos de control de la velocidad.
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: LEGISLACION Y DOCUMENTACION
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(#Documento) Metodología para la selección de ubicaciones para la instalación de los medios fijos de control de la velocidad.
INSTRUCCIÓN MOV 2024-04 Asunto: Metodología para la selección de ubicaciones para la instalación de los medios fijos de control de la velocidad.
1. FINALIDAD Y NECESIDAD
Establecer mecanismos y medidas eficientes en materia de gestión del tráfico está
siendo la hoja de ruta para conseguir una mejora continuada de la seguridad vial y
la eficiencia en la movilidad. En este contexto, es necesario persistir en una
vigilancia eficiente que permita controlar y minimizar aquellas conductas que tienen
un impacto directo en la siniestralidad y que comprometen dicho objetivo.
La selección de las localizaciones para la ubicación de los medios fijos de control de
velocidad se realiza atendiendo al resultado de rigurosos estudios basados en la
accidentabilidad y alimentados, en segunda instancia, con otros factores como la
tipología de la vía, la ubicación de los equipos de control ya instalados y exceso de
velocidad que se produce en cada segmento de vía.
De acuerdo con las competencias que el Real Decreto Legislativo 6/2015 atribuye al
Ministerio del Interior, que son ejercidas a través del Organismo Autónomo Jefatura
Central de Tráfico, se establece la metodología para la selección de ubicaciones
para la instalación de los medios fijos de control de la velocidad contenida en anexo
de esta instrucción.
La ejecución de las previsiones contenidas en la presente Instrucción deberá
entenderse referida a las vías y terrenos objeto de la aplicación de la normativa
sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en los que la
Jefatura Central de Tráfico tiene atribuido el ejercicio de sus competencias.
2. ENTRADA EN VIGOR
La presente Instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁFICO
1. FINALIDAD Y NECESIDAD
Establecer mecanismos y medidas eficientes en materia de gestión del tráfico está
siendo la hoja de ruta para conseguir una mejora continuada de la seguridad vial y
la eficiencia en la movilidad. En este contexto, es necesario persistir en una
vigilancia eficiente que permita controlar y minimizar aquellas conductas que tienen
un impacto directo en la siniestralidad y que comprometen dicho objetivo.
La selección de las localizaciones para la ubicación de los medios fijos de control de
velocidad se realiza atendiendo al resultado de rigurosos estudios basados en la
accidentabilidad y alimentados, en segunda instancia, con otros factores como la
tipología de la vía, la ubicación de los equipos de control ya instalados y exceso de
velocidad que se produce en cada segmento de vía.
De acuerdo con las competencias que el Real Decreto Legislativo 6/2015 atribuye al
Ministerio del Interior, que son ejercidas a través del Organismo Autónomo Jefatura
Central de Tráfico, se establece la metodología para la selección de ubicaciones
para la instalación de los medios fijos de control de la velocidad contenida en anexo
de esta instrucción.
La ejecución de las previsiones contenidas en la presente Instrucción deberá
entenderse referida a las vías y terrenos objeto de la aplicación de la normativa
sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en los que la
Jefatura Central de Tráfico tiene atribuido el ejercicio de sus competencias.
2. ENTRADA EN VIGOR
La presente Instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.
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agustin234
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