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(#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
5 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Hola, me gustaría que me pudierais aclarar una duda que nos surgió la otra noche con un conductor extranjero, con residencia legal en su país de origen que circula con un vehículo nacional y presenta un permiso de conducir caducado.
Cual sería la actuación correcta? Se le debería sancionar por tener el permiso caducado? Se le dejaría marchar ya que son las autoridades de su país las que han de hacer el control de la documentación de esa persona?
Muchas gracias.
Cual sería la actuación correcta? Se le debería sancionar por tener el permiso caducado? Se le dejaría marchar ya que son las autoridades de su país las que han de hacer el control de la documentación de esa persona?
Muchas gracias.
donquijote107
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
En el apartado 2 del art 21 del Reglamento General de Conductores (permisos válidos para conducir en España) especifica que ha de encontrarse en vigor.
2. La validez de los permisos a que se refiere el apartado anterior estará condicionada a que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el permiso de conducción se encuentre en vigor.
b) Que su titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente.
c) Que no haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contado desde que su titular adquiera su residencia normal en España, debidamente acreditada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, salvo que, tratándose de los permisos a que se refiere el párrafo d) del apartado anterior, se haya establecido otra norma en el correspondiente convenio.
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charro
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Muchas gracias por la respuesta.
donquijote107
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Hola.
Creo que hay que denunciarlo conforme al Reglamento de Conductores y además si no hay un conductor habilitado para poder conducir el vehículo se debería inmovilizar, levantando la correspondiente acta de inmovilización.
Cuando aparezca el conductor habilitado debe ponerse en contacto, personalmente o mediante llamada telefónica, con la Jefatura de la Policía para anular dicha inmovilización.
Un Saludo
Creo que hay que denunciarlo conforme al Reglamento de Conductores y además si no hay un conductor habilitado para poder conducir el vehículo se debería inmovilizar, levantando la correspondiente acta de inmovilización.
Cuando aparezca el conductor habilitado debe ponerse en contacto, personalmente o mediante llamada telefónica, con la Jefatura de la Policía para anular dicha inmovilización.
Un Saludo
joseruizlopez
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Como novedad, según la nueva instrucción 15/S-136 si el conductor es comunitario y con residencia en España tiene carta blanca para conducir con el permiso caducado hasta enero de 2016:
Actuación de los agentes:
En los casos en los que el permiso esté caducado o bien es de vigencia indefinida o superior a 15 años para lospermisos AM, A1, A2, A, B y BE, o de vigencia indefinida o superior a 5 años para los permisos BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE. El agente de la autoridad entregará al conductor la nota informativa que se adjunta en el anexo I con toda la información pertinente a los efectos de poder realizar la renovación de los permisos de conducción, y no extenderá boletín de denuncia, sino que deberá tomar nota sobre los datos de filiación del conductor en el modelo del anexo II que se adjunta, haciendo saber al interesado que si, transcurridos 6 meses y en todo caso a partir del 1 de enero de 2016, vuelve a ser interceptado sin haber procedido a la renovación, será denunciado por una infracción grave al artículo 15.4 del Reglamento General de Conductores, sancionada con multa de 200 euros. Las actas de información ya cumplimentadas del anexo II deberán ser remitidas a la Jefatura Provincial de Tráfico de la provincia correspondiente, en la medida de lo posible por vía telemática a través de correo electrónico.
Descarga de la instrucción 15/S-136 :
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charro
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Ayer, precisamente, leí esa instrucción.
donquijote107
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
A ver si alguien me lo aclara.
- Si lleva más de 2 años en España y su permiso es de vigencia indefinida o más de 15 años, se le entrega el acta de información con 6 meses para renovarlo.
- Si lleva menos de 2 años en España pero su permiso está caducado o próximo a caducar, se le informa de lo mismo.
Mi duda está, si lleva menos de 2 años en España y su permiso es indefinido o más de 15 años, ¿ tendría 6 meses también o en este caso hay que esperar a que haga los dos años?.
- Si lleva más de 2 años en España y su permiso es de vigencia indefinida o más de 15 años, se le entrega el acta de información con 6 meses para renovarlo.
- Si lleva menos de 2 años en España pero su permiso está caducado o próximo a caducar, se le informa de lo mismo.
Mi duda está, si lleva menos de 2 años en España y su permiso es indefinido o más de 15 años, ¿ tendría 6 meses también o en este caso hay que esperar a que haga los dos años?.
Lockbruk7
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Efectivamente, hasta los dos años de residencia en España no estaría obligado.
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charro
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Comentandolo a un compañero, me dice que se informará igualmente a todo aquel que simplemente sea residente, lleve o no más de 2 años. ¿ Esto es así?.
Lockbruk7
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Lockbruk7 escribió:Comentandolo a un compañero, me dice que se informará igualmente a todo aquel que simplemente sea residente, lleve o no más de 2 años. ¿ Esto es así?.
El punto 3 de la instrucción recoge la actuación de los agentes, y dice que sólo se informará en dos supuestos:
3. Actuación de los agentes de la autoridad y tramitación por las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
Cuando por los agentes de la autoridad se detecte, en el ejercicio de las funciones de vigilancia y control de la seguridad del tráfico, un titular de permiso de conducción comunitario que sea residente en España, deberá comprobarse el periodo de vigencia del permiso de conducción en el reverso del permiso, poniendo
especial atención a dos supuestos:
-a) si el permiso está caducado, o bien,
-b) si el permiso es de vigencia indefinida o superior a 15 años para los permisos AM, A1, A2, A, B y BE, o de vigencia indefinida o superior a 5 años para los permisos BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE.
En ambos supuestos, el agente de la autoridad entregará al conductor la nota
informativa que se adjunta en el anexo I con toda la información pertinente a los efectos de poder realizar la renovación de los permisos de conducción, y no extenderá boletín de denuncia, sino que deberá tomar nota sobre los datos de filiación del conductor en el modelo del anexo II que se adjunta, haciendo saber al interesado que si, transcurridos 6 meses y en todo caso a partir del 1 de enero de 2016, vuelve a ser interceptado sin haber procedido a la renovación, será denunciado por una infracción grave al artículo 15.4 del Reglamento General de Conductores.
Dejo de nuevo el enlace a la instrucción para que la puedas consultar completa.
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charro
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
-a) si el permiso está caducado, o bien,
-b) si el permiso es de vigencia indefinida o superior a 15 años para los permisos AM, A1, A2, A, B y BE, o de vigencia indefinida o superior a 5 años para los permisos BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE.
Si esto es así, entiendo que a todos aquellos conductores extranjeros con residencia en el país con un permiso de conducción de vigencia limitada o inferior a 15 años no habría que aplicarle dicha moratoria y sería sancionado.
donquijote107
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Buenas noches, para el caso planteado nada tendrá que ver la presente instrucción puesto que como detallas en tu consulta, el conductor tiene residencia en otro país que no es España por lo cual entrarán en juego otros factores, en grandes rasgos, comunitario le valdrá su PNC y extracomunitario tendrá 1 año o 6 meses en función de la residencia para poder circular con su PNC.donquijote107 escribió:Hola, me gustaría que me pudierais aclarar una duda que nos surgió la otra noche con un conductor extranjero, con residencia legal en su país de origen que circula con un vehículo nacional y presenta un permiso de conducir caducado.
Cual sería la actuación correcta? Se le debería sancionar por tener el permiso caducado? Se le dejaría marchar ya que son las autoridades de su país las que han de hacer el control de la documentación de esa persona?
Muchas gracias.
Franpl
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
En absoluto, no se puede denunciar hasta que ese permiso caduque o se cumplan los requisitos del apartado b, porque tal y como dice la instrucción cualquier permiso en vigor de la unión europea es valido para conducir en España.donquijote107 escribió:-a) si el permiso está caducado, o bien,-b) si el permiso es de vigencia indefinida o superior a 15 años para los permisos AM, A1, A2, A, B y BE, o de vigencia indefinida o superior a 5 años para los permisos BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE.Si esto es así, entiendo que a todos aquellos conductores extranjeros con residencia en el país con un permiso de conducción de vigencia limitada o inferior a 15 años no habría que aplicarle dicha moratoria y sería sancionado.
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charro
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Franpl escribió:Buenas noches, para el caso planteado nada tendrá que ver la presente instrucción puesto que como detallas en tu consulta, el conductor tiene residencia en otro país que no es España por lo cual entrarán en juego otros factores, en grandes rasgos, comunitario le valdrá su PNC y extracomunitario tendrá 1 año o 6 meses en función de la residencia para poder circular con su PNC.donquijote107 escribió:Hola, me gustaría que me pudierais aclarar una duda que nos surgió la otra noche con un conductor extranjero, con residencia legal en su país de origen que circula con un vehículo nacional y presenta un permiso de conducir caducado.
Cual sería la actuación correcta? Se le debería sancionar por tener el permiso caducado? Se le dejaría marchar ya que son las autoridades de su país las que han de hacer el control de la documentación de esa persona?
Muchas gracias.
Cierto, compañero [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], tienes toda la razón . Y el caso fue contestado en el post siguiente al planteamiento y como expuse, en mi opinión, no seria válido por estar caducado, ya que el en el apartado 2 del art 21 del Reglamento General de Conductores (permisos válidos para conducir en España) especifica que ha de encontrarse en vigor.
2. La validez de los permisos a que se refiere el apartado anterior estará condicionada a que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el permiso de conducción se encuentre en vigor.
Simplemente hice referencia a la instrucción debido a que se publicó mientras se debatía la consulta y especifique al citarla que como novedad afectaba a los conductores comunitarios y con residencia en España. No siendo el caso que se planteaba en la consulta inicial y que quedó contestado anteriormente.
por la apreciación.
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charro
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
De gracias nada, un placer poder intercambiar opiniones en éste foro, un saludo.charro escribió:Franpl escribió:
Buenas noches, para el caso planteado nada tendrá que ver la presente instrucción puesto que como detallas en tu consulta, el conductor tiene residencia en otro país que no es España por lo cual entrarán en juego otros factores, en grandes rasgos, comunitario le valdrá su PNC y extracomunitario tendrá 1 año o 6 meses en función de la residencia para poder circular con su PNC.
Cierto, compañero [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], tienes toda la razón . Y el caso fue contestado en el post siguiente al planteamiento y como expuse, en mi opinión, no seria válido por estar caducado, ya que el en el apartado 2 del art 21 del Reglamento General de Conductores (permisos válidos para conducir en España) especifica que ha de encontrarse en vigor.
2. La validez de los permisos a que se refiere el apartado anterior estará condicionada a que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el permiso de conducción se encuentre en vigor.Simplemente hice referencia a la instrucción debido a que se publicó mientras se debatía la consulta y especifique al citarla que como novedad afectaba a los conductores comunitarios y con residencia en España. No siendo el caso que se planteaba en la consulta inicial y que quedó contestado anteriormente.por la apreciación.
Franpl
Re: (#Consulta) Conductor extranjero con permiso de conducir caducado
Gracias por vuestra respuesta.
Ahora ya me ha quedado claro.
Ahora ya me ha quedado claro.
donquijote107
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