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(#Consulta) Delito contra seguridad vial
5 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: ATESTADOS
Página 1 de 1.
(#Consulta) Delito contra seguridad vial
Buenas tardes, instruiríais atestado por DCSV por un accidente de tráfico en el interior de un garaje privado de una comunidad con entrada restringida. Daños materiales y lesiones leves.
En este caso al ser una vía privada y de uso colectividad determinada no sería vía de aplicación Ley de Seguridad Vial?
Un saludo
En este caso al ser una vía privada y de uso colectividad determinada no sería vía de aplicación Ley de Seguridad Vial?
Un saludo
Oficial
Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
De entrada, solo planteas accidente con lesiones leves (del art.147.2 CP), causadas por imprdudencia que, ya sea grave o menos grave, no son delictivas en ningún caso, y mucho menos constitutivo de DSV, independientemente de la vía.
Te recomiendo la atenta lectura de la SAP de Madrid que puedes descargar en en esta misma web en el área de tráfico, que efectúa una completa exégesis de las imprudencias punible, además de las Instrucciones de la Fiscalía 3/2006 y posteriores, la última de este mes Circuar sobre movilidad del Fiscal de Sala de seguridad vial del TS remitida a las PPLL (no la tengo a mano ahora, pero te la citaré en breve).
Si concurrieran los elementos de un tipo de DSV, si se podrian perseguir aún cuando tuvieran lugar en una vía privada, como p.ej, un garaje comunitario, por que estamos hablando no de la LSV sino del CP. y el bien jurídico perseguido que puede ser la seguridad vial, la vida, integridad, el principio de autoridad ... se tutelan con éste.
Te recomiendo la atenta lectura de la SAP de Madrid que puedes descargar en en esta misma web en el área de tráfico, que efectúa una completa exégesis de las imprudencias punible, además de las Instrucciones de la Fiscalía 3/2006 y posteriores, la última de este mes Circuar sobre movilidad del Fiscal de Sala de seguridad vial del TS remitida a las PPLL (no la tengo a mano ahora, pero te la citaré en breve).
Si concurrieran los elementos de un tipo de DSV, si se podrian perseguir aún cuando tuvieran lugar en una vía privada, como p.ej, un garaje comunitario, por que estamos hablando no de la LSV sino del CP. y el bien jurídico perseguido que puede ser la seguridad vial, la vida, integridad, el principio de autoridad ... se tutelan con éste.
lalfonso
Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
Hola, estando de acuerdo con el compañero [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], habría que decir que la Seguridad Vial es un bien protegido que forma parte de la Seguridad Colectiva, y si se excluyeran los garajes comunitarios del ámbito donde se protege ese bien jurídico, esas zonas comunes se convertirían en una zona sin ley, donde se podría conducir borracho, drogado, realizar competiciones, etc., con riesgo de atropellar a otros vecinos o usuarios, poniendo en peligro concreto o abstracto su vida o integridad física.
A modo de resumen la SAP de Madrid (Sección 15, de fecha 27 de octubre de 2005) dice "...el garaje mencionado participa de las características de las vías públicas en cuanto que las maniobras se realizan en zonas comunes, que pueden ser utilizadas por otros vecinos, a los que se pone en riesgo y en las que éstos estacionan vehículos de su pertenencia..."
Saludos.
pitutis
Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
Para el compañero Oficial, ... lo prometido es deuda:
El Auto nº 165/2017 de AP Madrid, Sección 1ª, 23 de Febrero de 2017 resume de forma muy clara los supuestos de lesiones por imprudencia derivada de accidente de tráfico.
Además, el Sr. Fiscal de Sala D. Bartolomé Vargas, viene de emitir una circular el 13/12/18, que también aporta en ese mismo sentido, el enlace para obtenerlo es:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
El Auto nº 165/2017 de AP Madrid, Sección 1ª, 23 de Febrero de 2017 resume de forma muy clara los supuestos de lesiones por imprudencia derivada de accidente de tráfico.
Además, el Sr. Fiscal de Sala D. Bartolomé Vargas, viene de emitir una circular el 13/12/18, que también aporta en ese mismo sentido, el enlace para obtenerlo es:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
lalfonso
Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
yo instruiria diligencias a prevención y las archivaria
lanselot
Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
lalfonso escribió:Para el compañero Oficial, ... lo prometido es deuda:
El Auto nº 165/2017 de AP Madrid, Sección 1ª, 23 de Febrero de 2017 resume de forma muy clara los supuestos de lesiones por imprudencia derivada de accidente de tráfico.
Además, el Sr. Fiscal de Sala D. Bartolomé Vargas, viene de emitir una circular el 13/12/18, que también aporta en ese mismo sentido, el enlace para obtenerlo es:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
No me abre el enlace, ¿es posible que le falte algo?
terovulum
Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
terovulum escribió:lalfonso escribió:Para el compañero Oficial, ... lo prometido es deuda:
El Auto nº 165/2017 de AP Madrid, Sección 1ª, 23 de Febrero de 2017 resume de forma muy clara los supuestos de lesiones por imprudencia derivada de accidente de tráfico.
Además, el Sr. Fiscal de Sala D. Bartolomé Vargas, viene de emitir una circular el 13/12/18, que también aporta en ese mismo sentido, el enlace para obtenerlo es:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
No me abre el enlace, ¿es posible que le falte algo?
Ya he encontrado el Auto en CENDOJ. Gracias de todas formas.
terovulum
CURSO Re: (#Consulta) Delito contra seguridad vial
No puedo abrir el enlace.
Gracias por las aportaciones, me surgió la duda en un libro de formación policial que estaba leyendo, donde explicaba los requisitos del delito contra la seguridad vial:
1º Respecto al lugar el ámbito de aplicación de la Ley de tráfico y Seguridad Vial.
2º Respecto del medio tráfico o circulación.
Elemento preciso para la comisión del delito que durante su realización se éste desarrollando la actividad de transito por los lugares de aplicación de Texto articulado de tráfico.
Yo actué en un accidente de tráfico con daños materiales y lesiones leves en garaje privado comunitario y cuyo conductor rebasaba con creces la tasa establecida de alcohol en aire espirado. Se instruyo por un delito contra la seguridad vial y no he tenido ningún problema.
Un saludo.
Gracias por las aportaciones, me surgió la duda en un libro de formación policial que estaba leyendo, donde explicaba los requisitos del delito contra la seguridad vial:
1º Respecto al lugar el ámbito de aplicación de la Ley de tráfico y Seguridad Vial.
2º Respecto del medio tráfico o circulación.
Elemento preciso para la comisión del delito que durante su realización se éste desarrollando la actividad de transito por los lugares de aplicación de Texto articulado de tráfico.
Yo actué en un accidente de tráfico con daños materiales y lesiones leves en garaje privado comunitario y cuyo conductor rebasaba con creces la tasa establecida de alcohol en aire espirado. Se instruyo por un delito contra la seguridad vial y no he tenido ningún problema.
Un saludo.
Oficial
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