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(#Consulta) Sobre si es prevaricación Administrativa?
3 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
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(#Consulta) Sobre si es prevaricación Administrativa?
Hola.
Ante los siguientes hechos:
Persona conductora y titular de un vehículo, que es reincidente ante situaciones de estacionamientos prohibidos.
Ante las sospechas de que no está recibiendo sanciones por tales infracciones administrativas, se gestiona y resulta que en un principio, las denuncias que se le instruyen le son remitidas para su tramitación a Diputación Provincial ya que el Ayuntamiento tiene firmado un convenio para ello. No obstante Diputación sólo abarca hasta el periodo del pago voluntario de la multa. Si el denunciado no desea abonarla, comienza entonces el procedimiento de apremio, el cual SÍ ejerce el Ayuntamiento.Y es aquí donde aflora las situaciones de PRESCRIPCIÓN de las sanciones, ya que no se les cobra ni se le practica embargo de valores en su caso del obligado al pago.
Entonces, que responsabilidad habría ante estos hechos?
Es una prevaricación?
O por el contrario alegará la Administración Local (responsable área municipal competente) que la persona denunciada es insolvente y no procede la recaudación de sus deudas?
O esta recaudación es siempre obligatoria?
Gracias
Un saludo.
Ante los siguientes hechos:
Persona conductora y titular de un vehículo, que es reincidente ante situaciones de estacionamientos prohibidos.
Ante las sospechas de que no está recibiendo sanciones por tales infracciones administrativas, se gestiona y resulta que en un principio, las denuncias que se le instruyen le son remitidas para su tramitación a Diputación Provincial ya que el Ayuntamiento tiene firmado un convenio para ello. No obstante Diputación sólo abarca hasta el periodo del pago voluntario de la multa. Si el denunciado no desea abonarla, comienza entonces el procedimiento de apremio, el cual SÍ ejerce el Ayuntamiento.Y es aquí donde aflora las situaciones de PRESCRIPCIÓN de las sanciones, ya que no se les cobra ni se le practica embargo de valores en su caso del obligado al pago.
Entonces, que responsabilidad habría ante estos hechos?
Es una prevaricación?
O por el contrario alegará la Administración Local (responsable área municipal competente) que la persona denunciada es insolvente y no procede la recaudación de sus deudas?
O esta recaudación es siempre obligatoria?
Gracias
Un saludo.
FENICIO46
Re: (#Consulta) Sobre si es prevaricación Administrativa?
Si es titular de un vehículo no puede ser insolvente. El procedimiento de qpre'oi, tiene que dirigirse hacia el embargo del vehículo. Si no se realiza esta gestión, el procedimiento no está siendo correcto y en caso de que el instructor lo haga a propósito, prevaricacion.
Un saludo
Un saludo
arukiman556
Re: (#Consulta) Sobre si es prevaricación Administrativa?
Yo empezaría por solicitar al Ayuntamiento el estado en que se encuentra el expediente "X" y así sales de dudas. Me llama la atención que el apremio que es lo más farragoso del procedimiento no lo lleve la DiputaciónFENICIO46 escribió:Hola.
Ante los siguientes hechos:
Persona conductora y titular de un vehículo, que es reincidente ante situaciones de estacionamientos prohibidos.
Ante las sospechas de que no está recibiendo sanciones por tales infracciones administrativas, se gestiona y resulta que en un principio, las denuncias que se le instruyen le son remitidas para su tramitación a Diputación Provincial ya que el Ayuntamiento tiene firmado un convenio para ello. No obstante Diputación sólo abarca hasta el periodo del pago voluntario de la multa. Si el denunciado no desea abonarla, comienza entonces el procedimiento de apremio, el cual SÍ ejerce el Ayuntamiento.Y es aquí donde aflora las situaciones de PRESCRIPCIÓN de las sanciones, ya que no se les cobra ni se le practica embargo de valores en su caso del obligado al pago.
Entonces, que responsabilidad habría ante estos hechos?
Es una prevaricación?
O por el contrario alegará la Administración Local (responsable área municipal competente) que la persona denunciada es insolvente y no procede la recaudación de sus deudas?
O esta recaudación es siempre obligatoria?
Gracias
Un saludo.
salmata52
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