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(#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
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adt468
Polytaz
pitutis
agenjo
8 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
El caso es el siguiente.
Vehículo no homologado patín o minimoto se procede a realizar sanción adtiva e imovilización y traslado al depósito por carecer de PC.
La controversia surge cuando el conductor dice que el se la quiere llevar bien andando o bien con otro vehículo para cargarla y trasladarla a su domicilio.
Hay agentes que dice que el ingreso debe ser en el depósito porque no ha desaparecido las causas que motivaron la inmovilización y por ello si quiere llevárselo que venga con grúa. La actuación viene avalada por el articulo 104.1 y 105 de la Ley de seguridad vial.
Y por otra parte, hay quien opina que el vehículo se lo puede llevar en el mismo instante que se realiza la inmovilización, ya que el vehículo no va a volver a circular más por la vía pública, y el vehículo es de su propiedad y el pude hacer uso de aquel vehículo en una finca privada de su propiedad, o llevárselo/a el patín o minimoto a un circuito cerrado y allí utilizarlo.
También se comenta que la inmovilización se puede realizar en su domicilio y que el domicilio (puede ser casa o finca) y que este, el domicilio, al ser un recinto privado puede exigir que la inmovilización se levante porque quiere hacer uso del vehículo en su finca, casa... en al ser estos lugares privados y por tanto su uso está fuera de la jurisdicción de cualquier ley o reglamento de tráfico.
Vehículo no homologado patín o minimoto se procede a realizar sanción adtiva e imovilización y traslado al depósito por carecer de PC.
La controversia surge cuando el conductor dice que el se la quiere llevar bien andando o bien con otro vehículo para cargarla y trasladarla a su domicilio.
Hay agentes que dice que el ingreso debe ser en el depósito porque no ha desaparecido las causas que motivaron la inmovilización y por ello si quiere llevárselo que venga con grúa. La actuación viene avalada por el articulo 104.1 y 105 de la Ley de seguridad vial.
Y por otra parte, hay quien opina que el vehículo se lo puede llevar en el mismo instante que se realiza la inmovilización, ya que el vehículo no va a volver a circular más por la vía pública, y el vehículo es de su propiedad y el pude hacer uso de aquel vehículo en una finca privada de su propiedad, o llevárselo/a el patín o minimoto a un circuito cerrado y allí utilizarlo.
También se comenta que la inmovilización se puede realizar en su domicilio y que el domicilio (puede ser casa o finca) y que este, el domicilio, al ser un recinto privado puede exigir que la inmovilización se levante porque quiere hacer uso del vehículo en su finca, casa... en al ser estos lugares privados y por tanto su uso está fuera de la jurisdicción de cualquier ley o reglamento de tráfico.
agenjo
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
Hola, retirada del vehículo hasta que acredite la propiedad del vehículo, mediante factura, albarán, etc.
A nosotros se nos dio un caso con una minimoto que chocó contra un vehículo estacionado y hasta que no trajo un documento acreditando la propiedad no se devolvió.
Saludos.
A nosotros se nos dio un caso con una minimoto que chocó contra un vehículo estacionado y hasta que no trajo un documento acreditando la propiedad no se devolvió.
Saludos.
pitutis
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
Gracias pitutis por dar tu opinión.
Aquí los Jefes están que no saben por donde meterles y están a lo facil. No inmovilizar.
Dicen que el inmovilizar porque un vehículo no esta homologado que OK. Pero que en el momento que desaparezcan las causas que motivaron la inmovilización, el vehículo se lo pueden llevar. (yo tengo otra opinión, Que no quiere decir que sea la correcta, por ello me gustaría saber de aquellos que opinión tienen si procede o no inmovilización y donde se sustentan para dar valor legal a esa inmovilización; como aquellos que opinen en sentido contrario y vean innecesario y no ajustado a derecho el inmovilizar el vehículo. Luego expondré yo mis motivos justificando mi conducta.
Por otro lado, tampoco ven bien de que se le exija factura. Ellos (jefatura y agentes) opinan que estamos fuera de toda norma y que no estamos amparados para que en el caso de que no presente factura la administración se "adueñemos" del patín u otro vehículo donde no podemos justificar o demostrar que ese vehículo esta sustraído, o no es el propietario porque no tenemos prueba en contra ni existe denuncias por sustracción y que sería nosotros quien debemos demostrar danto testimonio y prueba en contrario.
Palabras textuales Si saliéramos a la calle en cada turno y exigiesemos justificante de los vehículos (bicicletas) a los conductores tendríamos las todas instalaciones ocupadas. El no tener justificante no es prueba suficiente para interpretar que la bicicleta no sea de la propiedad de quien dice ser su dueño.
Gracias.
Aquí los Jefes están que no saben por donde meterles y están a lo facil. No inmovilizar.
Dicen que el inmovilizar porque un vehículo no esta homologado que OK. Pero que en el momento que desaparezcan las causas que motivaron la inmovilización, el vehículo se lo pueden llevar. (yo tengo otra opinión, Que no quiere decir que sea la correcta, por ello me gustaría saber de aquellos que opinión tienen si procede o no inmovilización y donde se sustentan para dar valor legal a esa inmovilización; como aquellos que opinen en sentido contrario y vean innecesario y no ajustado a derecho el inmovilizar el vehículo. Luego expondré yo mis motivos justificando mi conducta.
Por otro lado, tampoco ven bien de que se le exija factura. Ellos (jefatura y agentes) opinan que estamos fuera de toda norma y que no estamos amparados para que en el caso de que no presente factura la administración se "adueñemos" del patín u otro vehículo donde no podemos justificar o demostrar que ese vehículo esta sustraído, o no es el propietario porque no tenemos prueba en contra ni existe denuncias por sustracción y que sería nosotros quien debemos demostrar danto testimonio y prueba en contrario.
Palabras textuales Si saliéramos a la calle en cada turno y exigiesemos justificante de los vehículos (bicicletas) a los conductores tendríamos las todas instalaciones ocupadas. El no tener justificante no es prueba suficiente para interpretar que la bicicleta no sea de la propiedad de quien dice ser su dueño.
Gracias.
agenjo
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
La instrucción 2019/S-149 TV-108 Apartado 6.2.a) hace referencia al Reglamento (UE) nº 168/2013 sobre la categoría en que encuadre el vehículo en cuestión.
Más clarificado en la nueva reforma (en vigor el 2/1/2021) del RGVeh. sin sillín con velocidad inferior a 25km/h/250W es un VMP.
En caso contrario de superar las especificaciones anteriormente marcadas y encuadradas en alguna de las categorías del R(UE)168/2013, más definidas en el RGVeh Anexo II A y B que requieren Matriculación y Permiso de circulación el agente de la autoridad puede perfectamente proceder a la inmovilización y deposito del vehículo. Art. 104.1.a) y 105.1.c).
Otra cosa sería, que el agente crea pertinente que dicha inmovilización se realice en el domicilio del implicado con los apercibimientos pertinentes en caso de quebrantamiento.
Más clarificado en la nueva reforma (en vigor el 2/1/2021) del RGVeh. sin sillín con velocidad inferior a 25km/h/250W es un VMP.
En caso contrario de superar las especificaciones anteriormente marcadas y encuadradas en alguna de las categorías del R(UE)168/2013, más definidas en el RGVeh Anexo II A y B que requieren Matriculación y Permiso de circulación el agente de la autoridad puede perfectamente proceder a la inmovilización y deposito del vehículo. Art. 104.1.a) y 105.1.c).
Otra cosa sería, que el agente crea pertinente que dicha inmovilización se realice en el domicilio del implicado con los apercibimientos pertinentes en caso de quebrantamiento.
Polytaz
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
Protocolo Benidorm para VMP
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adt468
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
no entiendo qué tiene que ver circular con ese dispositivo con demostrar su propiedad. Creo que es mezclar normativa de tráfico con normativa penal. No tiene nada que ver una cosa con la otra. Lo de la grúa tampoco lo veo. Es necesario una grúa cuando el conductor se lo puede llevar con las manos? parece ilógico. Con respecto a la inmovilización en el lugar más adecuado, que en mi caso es el depósito municipal, parece algo extremo aunque legal siempre y cuando carezca de PC pero fuera posible conseguirlo en Tráfico
chanin
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
pitutis escribió:Hola, retirada del vehículo hasta que acredite la propiedad del vehículo, mediante factura, albarán, etc.
A nosotros se nos dio un caso con una minimoto que chocó contra un vehículo estacionado y hasta que no trajo un documento acreditando la propiedad no se devolvió.
Saludos.
Buenas, os plantearíais retirar una bicicleta si no te acredita su titularidad (siempre y cuando no se tenga la sospecha de que pueda estar sustraída, claro)? Pues en el caso de los patinetes eléctricos yo haría lo mismo, es decir, no lo ingresaría tan solo por infracción o por estar involucrado en accidente. Otra cosa es que su “conductor” estuviese implicado en otro tipo de actuación (conducciones temerarias, bajo la influencia del alcohol, ...).
Es mi humilde opinión.
donquijote107
ANTE UN VMP NO HOMOLOGADO
Buenas tardes compañeros.
tengo una duda, bueno una de tantas, sobre los VMP.
Hay muchos de estos vehículos que se compran en paginas chinas o en grandes bazares y carecen del marcado CE (y no hablo el de china export).
¿estos vehículos pueden circular?
¿que infracciones comete si no pueden circular?
muchísimas gracias por adelantado.
tengo una duda, bueno una de tantas, sobre los VMP.
Hay muchos de estos vehículos que se compran en paginas chinas o en grandes bazares y carecen del marcado CE (y no hablo el de china export).
¿estos vehículos pueden circular?
¿que infracciones comete si no pueden circular?
muchísimas gracias por adelantado.
pasfer
Re: (#Consulta) Ante un VMP no homologado ¿inmovilizacion y deposito? o no.
Os cuento un caso: se observa una motocicleta (apariencia de patinete 5600 w, hasta 110 km/h, se vende como scooter, sillín más de 54 cm... ) circulando por zona peatonal, se procede a diversas denuncias, matriculación, seguro, casco... Se inmoviliza y deposita en base. Digo yo, que diferencia hay entre esto y un coche que observamos en la vía pública careciendo de todo tipo de documentación? Que se puede llevar en la mano? Si decido inmovilizar en base a la carencia de autorización administrativa y seguro, hasta que no acredite mínimo el seguro(digo mínimo porque no puedo obligar a alguien a matricular un vehículo) ...no se desinmoviliza...dicha moto se ha comprado en China, carece de bastidor, homologacion...va a ser casi imposible matricularlo...luego al menos como dice el Rdl 8/2004 si se trata de un vehículo para el que no existe placa y su propietario tiene domicilio en España... Necesita al menos un seguro en vigor para sacarla.
Akaiser
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