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(#Consulta) Responsabilidad del instructor en detención ilegal
3 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION PENAL
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(#Consulta) Responsabilidad del instructor en detención ilegal
Hola, quería hacer un de cuestiones interrelacionadas:
1-Cuando se realiza una detención por unas lesiones leves (falta 617) o por unos insultos (falta del 634), podeis referir la jurisprudencia que ampara esa detención, ya que estamos hablando de faltas y no se podría realizar sin los requisitos que ya sabemos.
2- Cual es la responsabilidad del instructor de las diligencias de una detención ilegal.
Por ejemplo, la patrulla actuante ,presenta en las dependencias a un detenido, y despúes el instructor considera que esa detención no es ajustada a derecho debido a los que los hechos no revisten caracter de delito.
Si decide poner en libertad al detenido, ¿Ha incurrido la patrulla actante en una detención ilegal?.
Si decide no ponerlo y despúes se demuestra de que realmente esa actuación no se ajusta a derecho, tambien incurriría en responsabilidades con los otros agentes?.
Saludos.
1-Cuando se realiza una detención por unas lesiones leves (falta 617) o por unos insultos (falta del 634), podeis referir la jurisprudencia que ampara esa detención, ya que estamos hablando de faltas y no se podría realizar sin los requisitos que ya sabemos.
2- Cual es la responsabilidad del instructor de las diligencias de una detención ilegal.
Por ejemplo, la patrulla actuante ,presenta en las dependencias a un detenido, y despúes el instructor considera que esa detención no es ajustada a derecho debido a los que los hechos no revisten caracter de delito.
Si decide poner en libertad al detenido, ¿Ha incurrido la patrulla actante en una detención ilegal?.
Si decide no ponerlo y despúes se demuestra de que realmente esa actuación no se ajusta a derecho, tambien incurriría en responsabilidades con los otros agentes?.
Saludos.
Panchovilla
(#Consulta) Responsabilidad del instructor en detención ilegal
Buenas tardes, en relación a tu pregunta relacionada con la responsabilidad del Sr. Instructor en la detención por parte de las patrullas, te comento:
-- La patrulla actuante, COMPARECE ante el Sr. Instructor de las Diligencias y PRESENTAN ( O NO PRESENTAN) EN CALIDAD DE DETENIDO a D.---------------------. HACEN ENTREGAN de los enseres que reflejen y MANIFIESTAN.
En la manifestación de la unidad actuante, los Agentes te harán una narración de los hechos y explicaran el motivo por lo que procedieron a la detención del/ los presentado/s, igualmente indicaran en su manifestación la información al detenido de los motivos de su detención y de los derechos que le asisten, según el art. 520 de la Ley Enjuiciamiento Criminal.
Una vez recibida la COMPARECENCIA Y PRESENTACIÓN del detenido, el Sr. Instructor comienza dar las instrucciones que sean convenientes, incluso si a su valoración considera que no procede continuar con la detención dará libertad al detenido, todo ello de manera diligenciada. si continuase con su detención a sabiendas que no ha cometido ningún Delito, incurrirá en responsabilidades penales.
Un saludo
-- La patrulla actuante, COMPARECE ante el Sr. Instructor de las Diligencias y PRESENTAN ( O NO PRESENTAN) EN CALIDAD DE DETENIDO a D.---------------------. HACEN ENTREGAN de los enseres que reflejen y MANIFIESTAN.
En la manifestación de la unidad actuante, los Agentes te harán una narración de los hechos y explicaran el motivo por lo que procedieron a la detención del/ los presentado/s, igualmente indicaran en su manifestación la información al detenido de los motivos de su detención y de los derechos que le asisten, según el art. 520 de la Ley Enjuiciamiento Criminal.
Una vez recibida la COMPARECENCIA Y PRESENTACIÓN del detenido, el Sr. Instructor comienza dar las instrucciones que sean convenientes, incluso si a su valoración considera que no procede continuar con la detención dará libertad al detenido, todo ello de manera diligenciada. si continuase con su detención a sabiendas que no ha cometido ningún Delito, incurrirá en responsabilidades penales.
Un saludo
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