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(#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION PENAL
Página 1 de 1.
(#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Como continuación a los artículos publicados recientemente, comentando la nueva reforma laboral, os dejo adjunto un documento que he realizado a modo de CUADRO -RESUMEN sobre los hechos ilícitos contra el patrimonio del código Penal de 2015 (Principalmente hurtos, robos, hurtos de uso, estafa, apropiación indebida, defraudaciones, etc.) incluyendo la antigua regulación y como quedan ahora redactados en el nuevo código penal, así como las faltas, que han desaparecido y que ahora pasan a ser, en la mayoría de los casos delitos leves, a los cuales se les asocia una pena de multa de 1 a 3 meses, lo cual prácticamente anula la posibilidad de detención de un sospechoso por este tipo de hechos ilícitos, aún siendo delictivos, por la entidad de la pena que llevan asociada, no parece proporcional el proceder a la detención del presunto responsable.
Espero que os sea de utilidad.
A lo largo de la semana os haré otro cuadro resumen de aquellas faltas, especialmente las que afectan a los intereses generales, que dejan de ser perseguidas penalmente.
Un saludo a todos y espero que os sea de utilidad a modo de consulta rápida para aquellos delitos que manejamos habitualmente en nuestra profesión policial.
Muchas gracias a todos por hacer de esta página un referente formativo a nivel policial!
NOTA: si alguno detecta algún error, por favor que me lo haga saber, porque se me puede haber pasado algo por alto.
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panteloguerra
Cuadro nuevo código penal.
Muchas gracias...
Vigilando el tema nos enteraremos e cuanto los cuelgues.
Saludos.
Vigilando el tema nos enteraremos e cuanto los cuelgues.
Saludos.
TommiSagunt
Re: (#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Muchas gracias por la aportación. Tengo que hacer una consideración sobre el cuadro que has puesto. He visto, por poner un ejemplo clarificante que en la defraudación de fluido eléctrico superior a 400 es un delito, cuando al tener una pena que incluye los 3 meses de multa no exclusivamente mas de tres meses se puede incluir por su extensión en las penas leves y menos graves y tal y como dice el art. 13
"Cuando la pena, por su extensión, pueda
incluirse a la vez entre las mencionadas en
los dos primeros números de este artículo,
el delito se considerará, en todo caso, como
grave. Cuando la pena, por su extensión,
pueda considerarse como leve y como
menos grave, el delito se considerará, en
todo caso, como leve.".
Es por eso por lo que creo que, cuando la pena incluye los 3 meses de multa se debe incluir como delito leve.
Muchas gracias y estoy abierto a consideraciones.
"Cuando la pena, por su extensión, pueda
incluirse a la vez entre las mencionadas en
los dos primeros números de este artículo,
el delito se considerará, en todo caso, como
grave. Cuando la pena, por su extensión,
pueda considerarse como leve y como
menos grave, el delito se considerará, en
todo caso, como leve.".
Es por eso por lo que creo que, cuando la pena incluye los 3 meses de multa se debe incluir como delito leve.
Muchas gracias y estoy abierto a consideraciones.
joseavilada
Re: (#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Buenas tardes compañero.
Efectivamente, la conducta punible de defraudación de fluido eléctrico por valor igual o inferior a 400€, se tipifica en la Ley Orgánica 1/2015 como delito leve, con una pena de multa de 1 a 3 meses.
el mismo texto legal, establece que las penas asociadas a los delitos leves pueden ser leves o menos graves, de ahí que indiferentemente de la pena de multa establecida para la antigua falta, sea leve o menos grave la pena, el delito continuará siendo catalogado como delito leve.
Recomiendo ver mi otro artículo donde hago referencia a este aspecto.
Un saludo y gracias por la puntualización.
Hacéis grande este foro!!!!
Efectivamente, la conducta punible de defraudación de fluido eléctrico por valor igual o inferior a 400€, se tipifica en la Ley Orgánica 1/2015 como delito leve, con una pena de multa de 1 a 3 meses.
el mismo texto legal, establece que las penas asociadas a los delitos leves pueden ser leves o menos graves, de ahí que indiferentemente de la pena de multa establecida para la antigua falta, sea leve o menos grave la pena, el delito continuará siendo catalogado como delito leve.
Recomiendo ver mi otro artículo donde hago referencia a este aspecto.
Un saludo y gracias por la puntualización.
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panteloguerra
Muchas gracias, muy buen aporte
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] escribió:Como continuación a los artículos publicados recientemente, comentando la nueva reforma laboral, os dejo adjunto un documento que he realizado a modo de CUADRO -RESUMEN sobre los hechos ilícitos contra el patrimonio del código Penal de 2015 (Principalmente hurtos, robos, hurtos de uso, estafa, apropiación indebida, defraudaciones, etc.) incluyendo la antigua regulación y como quedan ahora redactados en el nuevo código penal, así como las faltas, que han desaparecido y que ahora pasan a ser, en la mayoría de los casos delitos leves, a los cuales se les asocia una pena de multa de 1 a 3 meses, lo cual prácticamente anula la posibilidad de detención de un sospechoso por este tipo de hechos ilícitos, aún siendo delictivos, por la entidad de la pena que llevan asociada, no parece proporcional el proceder a la detención del presunto responsable.Espero que os sea de utilidad.A lo largo de la semana os haré otro cuadro resumen de aquellas faltas, especialmente las que afectan a los intereses generales, que dejan de ser perseguidas penalmente.Un saludo a todos y espero que os sea de utilidad a modo de consulta rápida para aquellos delitos que manejamos habitualmente en nuestra profesión policial.Muchas gracias a todos por hacer de esta página un referente formativo a nivel policial!NOTA: si alguno detecta algún error, por favor que me lo haga saber, porque se me puede haber pasado algo por alto.
Manran10
Re: (#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Gracias miles deseando tener ese nuevo cuadro para consultar!!!!!!!!
MAKROMAXA
Re: (#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Muchas gracias por compartirlo!! Un saludo. 

Chimote
Hurto de uso de vehiculo a motor
Según la Circular 3/2015, sobre el régimen transitorio tras la reforma operada por LO 1/2015 dice En su apartado 4.7.2 El nuevo art. 244.1 castiga la misma conducta en idénticos términos, con la salvedad de que ha suprimido de su dicción la referencia a los 400 euros, si bien, dado que en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo, y que el delito de hurto en cuantía inferior a 400 euros, tiene asignada una pena de multa de uno a tres meses, el hurto de uso en cuantía inferior a 400 euros, solo podrá castigarse con pena inferior a un mes de multa.
Es por ello que el hurto de uso por cuantía inferior a 400€ es mi parecer q si es infracción penal como delito leve ya que nunca podrá ser igual que si se hubiera apropiado definitivamente que también sería delito leve y no solo vía civil como apunta el cuadro resumen
Es por ello que el hurto de uso por cuantía inferior a 400€ es mi parecer q si es infracción penal como delito leve ya que nunca podrá ser igual que si se hubiera apropiado definitivamente que también sería delito leve y no solo vía civil como apunta el cuadro resumen
Charly20
Re: (#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Muchas GRACIAS POR COMPARTIRLO !!!!!
upu
Re: (#Formación) Cuadro resumen de los nuevos delitos patrimoniales 2015
Muchas gracias por la aportacion. Muy interesante y util.
Un saludo
Un saludo
JuanMa64
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION PENAL
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