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(#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
+5
thor
pl_ibi_03079050
TASQUE
donquijote107
Panchovilla
9 participantes
Página 1 de 1.
(#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Un vehiculo ,por ejemplo una moto haciendo mucho ruido, sino disponemos de sonometro, como lo podemos denunciar?.
saludos.
saludos.
Panchovilla
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Puedes, por ejemplo, intentar averiguar si el tubo de escape es el original o no. En caso de que no fuese el original se podría denunciar según el artículo 7.2 RGV “Efectuar una reforma de importancia sin autorización. Modificar elementos
del motor que hace variar las condiciones mecánicas o termodinámicas del mismo.
Lleva instalado un cilindro marca “?” de “?” cc. Lleva instalado un tubo
de escape marca “?” sin contraseña de homologación”.
del motor que hace variar las condiciones mecánicas o termodinámicas del mismo.
Lleva instalado un cilindro marca “?” de “?” cc. Lleva instalado un tubo
de escape marca “?” sin contraseña de homologación”.
donquijote107
Ruido en el tubo de escape
Yo he denunciado en alguna ocasión pero siempre alegan que han pasado la itv con el tubo modificado pero no consta en la tarjeta inspección técnica. Es obligatorio que se reseñe en el documento,?? porque aún no he visto ninguno.. Todos alegan que es homologado y han superado la itv y genera dudas???
TASQUE
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
si tu a parecer produce un ruido exagerado denuncialo por "circular con un silenciador de escape ineficaz", creo que el precepto así lo expresa en el codificado de infracciones.
pl_ibi_03079050
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Cuando se realizan modificaciones en el vehículo de cierta consideración han de figurar en la tarjeta de inspección técnica. Es cierto, también, que otras como podrían ser las lunas tintadas, con llevar un documento de la empresa instaladora conforme están homologadas es suficiente.
donquijote107
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
donquijote107 escribió:Puedes, por ejemplo, intentar averiguar si el tubo de escape es el original o no. En caso de que no fuese el original se podría denunciar según el artículo 7.2 RGV “Efectuar una reforma de importancia sin autorización. Modificar elementos
del motor que hace variar las condiciones mecánicas o termodinámicas del mismo.
Lleva instalado un cilindro marca “?” de “?” cc. Lleva instalado un tubo
de escape marca “?” sin contraseña de homologación”.
Buenos días, este tema es muy interesante a la vez que cada día mas común en las motocicletas.
Mi opinión al respecto es la siguiente:
1º Prácticamente el 95% de los escapes de hoy en día estan homologados, dejando ese 5% para los ciclomotores que utilizan hasta los botes de coca-cola como silenciosos, pero vamos a centrarnos en las motocicletas, en la actualidad tantos las marcas como Leo Vinci, Akrapovic, Laser, Scorpions, Mivv......etc, le constan homologación.
2ºLa infracción con respecto a estos escapes homologados, es la supresión o extracción del filtro de su interior para provocar mas ruido al salir directamente los gases y en algunos escapes para conseguir unos pocos cv mas.
3ºA mi entender la denuncia que suelo poner por estos conceptos no es el ruido, sino utilización de silenciador ineficaz, por lo que explico boletín la supresión del filtro y no entro a valorar la homologación ni nivel de ruido, hasta ahora y ya son unas cuantas sin pegas.
Un saludo.
thor
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
chache escribió:si tu a parecer produce un ruido exagerado denuncialo por "circular con un silenciador de escape ineficaz", creo que el precepto así lo expresa en el codificado de infracciones.
Efectivamente, ese precepto es denunciable por el Art 11 Ap 1 opc 5A del Reglamento General de Vehículos:
"Circular con el vehículo reseñado con el escape libre, sin silenciador de explosiones o con éste ineficaz"
"Circular con el vehículo reseñado con el escape libre, sin silenciador de explosiones o con éste ineficaz"
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charro
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Completamente de acuerdo con lo expresado por [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] especialmente en su parte 3ª.
Pero si la consulta inicial es DENUNCIAR EL EXCESO DE RUIDO, el tipo infractor es la superación de los níveles en deciBELIOS permitidos por lo que, esta infracción SIEMPRE DEBE ESTAR ACREDITADA MEDIANTE LA MEDICIÓN SONOMÉTRICA, realizada con el sonómetro válido, homologado, verificado, calibrado y con la realización del procedimiento de medición establecido.
Sin ese procedimiento NO SE PUEDE DENUNCIAR POR EXCESO DE RUIDO y tampoco sería válida la medición.
Pero si la consulta inicial es DENUNCIAR EL EXCESO DE RUIDO, el tipo infractor es la superación de los níveles en deciBELIOS permitidos por lo que, esta infracción SIEMPRE DEBE ESTAR ACREDITADA MEDIANTE LA MEDICIÓN SONOMÉTRICA, realizada con el sonómetro válido, homologado, verificado, calibrado y con la realización del procedimiento de medición establecido.
Sin ese procedimiento NO SE PUEDE DENUNCIAR POR EXCESO DE RUIDO y tampoco sería válida la medición.
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agustin234
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Entonces, a ver, retomando el tema. Si no dispones de Ordenanza y sí de sonómetro con el que puedes medir el nivel de ruido. En caso de superar los límites, por dónde sancionas?? No veo en la Ley de ruidos de 2003 algún artículo aplicable.
Pulo
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Pulo escribió:Entonces, a ver, retomando el tema. Si no dispones de Ordenanza y sí de sonómetro con el que puedes medir el nivel de ruido. En caso de superar los límites, por dónde sancionas?? No veo en la Ley de ruidos de 2003 algún artículo aplicable.
Sencillo.-
Reglamento general de circulación arti 007 apartado 1 opcion 5B Grave en concordancia con la LSV art. 12, apartado 7 opción 5B.- Circular con un vehículo con niveles de emisión de ruido superiores a los limites establecidos por las normas que regulan específicamente la materia 200/100.
Artículo 12. LSV Obras y actividades prohibidas.
... 7. No pueden circular por las vías objeto de esta ley los vehículos con niveles de emisión de ruido superiores a los reglamentariamente establecidos, emitiendo gases o humos en valores superiores a los límites establecidos, ni cuando hayan sido objeto de una reforma de importancia no autorizada. Todos los conductores de vehículos quedan obligados a colaborar en las pruebas reglamentarias de detección que permitan comprobar las posibles deficiencias indicadas.
Reglamento general de circulación arti 007 apartado 1 opcion 5B Grave en concordancia con la LSV art. 12, apartado 7 opción 5B.- Circular con un vehículo con niveles de emisión de ruido superiores a los limites establecidos por las normas que regulan específicamente la materia 200/100.
Artículo 12. LSV Obras y actividades prohibidas.
... 7. No pueden circular por las vías objeto de esta ley los vehículos con niveles de emisión de ruido superiores a los reglamentariamente establecidos, emitiendo gases o humos en valores superiores a los límites establecidos, ni cuando hayan sido objeto de una reforma de importancia no autorizada. Todos los conductores de vehículos quedan obligados a colaborar en las pruebas reglamentarias de detección que permitan comprobar las posibles deficiencias indicadas.
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agustin234
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
No se si sería conveniene o adecuado hacer la pregunta en este hilo, pero aprovechando los ruidos....
Y si en vez de una motocicleta fuera en un domicilio particular donde se está produciendo un ruido excesivo de, por ejemplo, música? También es necesario hacer las mediones con somómetro o simplemente el criterio del Agente bastaría? En mi municipio si hay ordenanza, pero las infracciones por ruido en domicilios particulares (viviendas, chalets, etc.) se denunicia si mediciones.
Y si en vez de una motocicleta fuera en un domicilio particular donde se está produciendo un ruido excesivo de, por ejemplo, música? También es necesario hacer las mediones con somómetro o simplemente el criterio del Agente bastaría? En mi municipio si hay ordenanza, pero las infracciones por ruido en domicilios particulares (viviendas, chalets, etc.) se denunicia si mediciones.
Jackobino
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
nDos sentencias de una misma juez de Valencia han puesto en entredicho la legalidad de la ordenanza que permite a la Policía Local de Valencia multar por contaminación acústica. Los fallos hacían referencia a sendas sanciones impuestas por el elevado volumen de la música que procedía de un vehículo en vía pública. La juez no sólo anuló las multas -de 2.400 euros, una cantidad para nada insignificante- sino que, lo que resulta todavía más importante, anunció que elevará el caso al Tribunal Superior de Justicia para que estudie la legalidad de la norma.
...los agentes aplican una norma que no requiere de «ningún tipo de medición objetiva, ni de otra naturaleza, que permita qué ha de entenderse por volumen elevado».
Ausencia de objetividad
¿Y cómo determinar si realmente se produce esta circunstancia? Ahí es donde interviene el criterio del policía, que no tiene por qué coincidir con el de otro compañero. Es decir, a uno le puede parecer que un vecino molesta y a otro no. Y ambas actuaciones estarían amparadas por la norma. Esto es precisamente a lo que se acoge la juez para anular las sanciones. La manifiesta indefensión que sufre el ciudadano frente al arbitrio de las autoridades.
El TSJ ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Valencia contra la sentencia que anuló la resolución municipal que impuso al actor una sanción de multa de 2.400 euros por la comisión de una infracción tipificada en el art. 65.2 p) de la Ordenanza municipal de Protección contra la Contaminación Acústica, por el uso del equipo de música de un vehículo a gran volumen, con puertas y maletero abiertos, trascendiendo el ruido al exterior.
En línea con el órgano a quo, entiende que ese precepto de la Ordenanza, que tipifica como infracción grave el funcionamiento del equipo de música de los vehículos con volumen elevado y las ventanas, puertas o maletero abiertos, es nulo por vulnerar el principio de legalidad sancionadora al no concretar los niveles máximos de sonido cuyo límite no puede superarse en el funcionamiento de los equipos de música de los vehículos con las ventanas, puertas o maleteros abiertos.
Con ello se desmarca del criterio que la propia Sala siguió en la sentencia de 31 May. 2017 en la que, revocando la dictada en la instancia, confirmó la sanción de multa que en la misma cuantía se impuso al allí recurrente por la comisión de idéntica infracción.
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agustin234
Re: (#Consulta) Denunciar ruido de motocicleta sin sonometro
Muchas gracias Agustin por tu contestación. En mi municipio se hacen de "oído".-
Jackobino
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