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(#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
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pitutis
Panchovilla
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
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Pongo esta noticia que dice que un conductor que tuvo un accidente se fué a su casa y se tomó una copa.
Los agentes le hicieron la prueba y no ha sido aceptada porque no se sabe cuando bebío:
-Se supone que algún testigo reconocío al conductor y luego buscando en el padrón lo fueron buscar a su casa:
1- Estaba obligado el conductor, una vez en casa a hacer la prueba?
2- Y si se negaba?
3-Cabría alguna denuncia contra el conductor?
4-En un caso parecido cuando el conductor se dio a la fuga, tiempo despúes el conductor aparecio en jefatura para adenunciar la sustracción del coche, y no se le quiso recoger la denuncia, que opinais de eso?
Panchovilla
Re: (#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
Hola, a la número 1 - Sí, número 2 - Delito de negativa, número 3 - si da positivo o se niega las administrativas correspondientes y número 4 - yo opino que se le debería haber cogido la denuncia y haber procedido a la detención o investigación como presunto autor de simulación de delito por la denuncia, contra la seguridad vial por la alcoholemia y de desobediencia a agentes de la autoridad por la fuga.
Respecto al caso concreto, aplicando la fórmula de Widmark se puede saber si la persona bebió antes o después, ya que permite la estimación retrospectiva de la tasa de alcoholemia que tenía una persona horas antes de la realización de las pruebas de alcoholemia, el único problema es que depende de la Autoridad Judicial la valoración de los cálculos que se realicen, y de que la prueba sea admitida o no, ya que unos jueces la admiten y otros no, según la jurisprudencia existente.
Un saludo.
Respecto al caso concreto, aplicando la fórmula de Widmark se puede saber si la persona bebió antes o después, ya que permite la estimación retrospectiva de la tasa de alcoholemia que tenía una persona horas antes de la realización de las pruebas de alcoholemia, el único problema es que depende de la Autoridad Judicial la valoración de los cálculos que se realicen, y de que la prueba sea admitida o no, ya que unos jueces la admiten y otros no, según la jurisprudencia existente.
Un saludo.
pitutis
Re: (#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
pitutis escribió:Hola, a la número 1 - Sí, número 2 - Delito de negativa, número 3 - si da positivo o se niega las administrativas correspondientes y número 4 - yo opino que se le debería haber cogido la denuncia y haber procedido a la detención o investigación como presunto autor de simulación de delito por la denuncia, contra la seguridad vial por la alcoholemia y de desobediencia a agentes de la autoridad por la fuga.
Respecto al caso concreto, aplicando la fórmula de Widmark se puede saber si la persona bebió antes o después, ya que permite la estimación retrospectiva de la tasa de alcoholemia que tenía una persona horas antes de la realización de las pruebas de alcoholemia, el único problema es que depende de la Autoridad Judicial la valoración de los cálculos que se realicen, y de que la prueba sea admitida o no, ya que unos jueces la admiten y otros no, según la jurisprudencia existente.
Un saludo.
Envio al foro una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que viene a manifestar algo parecido a lo explicado por el posteador Panchovilla.
Posiblemente casi todos actuaríamos igual pero leerla y después cada “maestrillo con su librillo”.
Salud para tutti.
NESKENS
Re: (#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
Envio al foro una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que viene a manifestar algo parecido a lo explicado por el posteador Panchovilla.
Posiblemente casi todos actuaríamos igual pero leerla y después cada “maestrillo con su librillo”.
Salud para tutti.
Posiblemente casi todos actuaríamos igual pero leerla y después cada “maestrillo con su librillo”.
Salud para tutti.
- Archivos
NESKENS
Re: (#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
Buenas compañeros.
En relación a este tema yo nunca me he encontrado en un caso así, pero recuerdo un veterano con quien tuve el placer de trabajar, que me contó algo parecido.Que un conductor estrello su coche y por su pie abandono el lugar. Posteriormente los policías se personaron, al cabo de media hora, en su domicilio sometiéndole a la prueba de alcoholemia dando esta positivo. La sorpresa, me contaba, es que en el juicio no aceptaron la alcoholemia, ya que el abogado y autor de los hechos alegaron que bebió después del accidente en casa, alegando por los nervios de lo ocurrido en el transcurso de esa media hora en la que tardaron los agentes en localizarlo.
Es una anécdota de estas que nos cuentan los compañeros de más experiencia y de los que solemos aprender muchas cosas que no aparecen en la teoría y aprovecho para compartirla.
En relación a este tema yo nunca me he encontrado en un caso así, pero recuerdo un veterano con quien tuve el placer de trabajar, que me contó algo parecido.Que un conductor estrello su coche y por su pie abandono el lugar. Posteriormente los policías se personaron, al cabo de media hora, en su domicilio sometiéndole a la prueba de alcoholemia dando esta positivo. La sorpresa, me contaba, es que en el juicio no aceptaron la alcoholemia, ya que el abogado y autor de los hechos alegaron que bebió después del accidente en casa, alegando por los nervios de lo ocurrido en el transcurso de esa media hora en la que tardaron los agentes en localizarlo.
Es una anécdota de estas que nos cuentan los compañeros de más experiencia y de los que solemos aprender muchas cosas que no aparecen en la teoría y aprovecho para compartirla.
Foner
Re: (#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
Opino que es una prueba que ha perdido la cadena de custodia y en virtud del principio de inocencia, no se han sustentado en pruebas de cargo con las garantías constitucionales requeridas, procediendo los agentes de la autoridad a romper la cadena de custodio, efectuandose las mismas en distinto lugar y con un lapso de tiempo considerable, donde dió tiempo a más ingesta de alcohol, puesto que el mismo acusado se encontraba ya en su domicilio ( donde no circulaba por la vía pública y no representaba ningún peligro).
Por tanto no procede la realización de la prueba. Se le filia de forma completa y se detalla todo en las diligencias a prevención así como a los testigos, en el caso de lesiones a personas, cabría la imputación por el deber de omisión de socorro a las mismas.
Denuncias administrativas si no colabora en la aportación de datos y documentación sobre el accidente.
Respecto a la denuncia si se puede observar o comprobar fehacientemente que se encuentra bajo la influencia de alcohol, se le filia y se le cita para unas horas más tardes pueda ratificar su denuncia cuando se encuentre en plenas facultades. Posteriormente realizar las indagaciones oportunas sobre el presunto falso testimonio y ver si procede su imputación.
Por tanto no procede la realización de la prueba. Se le filia de forma completa y se detalla todo en las diligencias a prevención así como a los testigos, en el caso de lesiones a personas, cabría la imputación por el deber de omisión de socorro a las mismas.
Denuncias administrativas si no colabora en la aportación de datos y documentación sobre el accidente.
Respecto a la denuncia si se puede observar o comprobar fehacientemente que se encuentra bajo la influencia de alcohol, se le filia y se le cita para unas horas más tardes pueda ratificar su denuncia cuando se encuentre en plenas facultades. Posteriormente realizar las indagaciones oportunas sobre el presunto falso testimonio y ver si procede su imputación.
Dpc
Re: (#Consulta) Prueba alcoholemia a conductor desaparecido
Dpc escribió:Opino que es una prueba que ha perdido la cadena de custodia y en virtud del principio de inocencia, no se han sustentado en pruebas de cargo con las garantías constitucionales requeridas, procediendo los agentes de la autoridad a romper la cadena de custodio, efectuandose las mismas en distinto lugar y con un lapso de tiempo considerable, donde dió tiempo a más ingesta de alcohol, puesto que el mismo acusado se encontraba ya en su domicilio ( donde no circulaba por la vía pública y no representaba ningún peligro).
Por tanto no procede la realización de la prueba. Se le filia de forma completa y se detalla todo en las diligencias a prevención así como a los testigos, en el caso de lesiones a personas, cabría la imputación por el deber de omisión de socorro a las mismas.
Denuncias administrativas si no colabora en la aportación de datos y documentación sobre el accidente.
Respecto a la denuncia si se puede observar o comprobar fehacientemente que se encuentra bajo la influencia de alcohol, se le filia y se le cita para unas horas más tardes pueda ratificar su denuncia cuando se encuentre en plenas facultades. Posteriormente realizar las indagaciones oportunas sobre el presunto falso testimonio y ver si procede su imputación.
Suscribo al 100% lo dicho por dpc, estamos en un sistema Garantista solo hay que ver la última reforma del CP, solo añadiría que perdemos la inmediatez personal y temporal que vinculan al presunto autor con el ilícito, en primer lugar la comparecencia del testigo o denuncia habría que hacerla constar por escrito, y aún así sino la ratifica en el Juzgado no valdría, en segundo lugar "obligar" a cualquier persona que está en su casa "tomandose una cerveza"(es lo que alegan), pues como que no creo que sea muy constitucional.. "salga de casa. Venga y sople, está usted detenido..", , si pienso que puede recojese la referida denuncia o comparecencia del testigo, e incluso ir a casa del presunto autor (hay indicios razonables para investigar), seguidamente si "pica" y hace voluntariamente una prueba pues fenomenal (dudo que sea tan tonto o va de sobrado), y con todo unas diligencias en el atestado detallando los hechos.. Se trata de hacer evidente ante el Juez que fue el el autor y no otro, que conducia ebrio antes del accidente.. Lo primero es dificil, pero lo segundo mucho más.. Recordad Presunción de inocencia, y salvo que tengamos pruebas evidentes como testimonios coherentes e irrefutables, dudo que lo condenen.. De eso aprendí que cuando "perseguimos a un delincuente" siempre tenemos la certeza que ha sido él el autor y ademas " nunca lo perdemos de vista" hasta que lo detenemos..
Prmig
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