INFOPOLICIAL WEB
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
ATAJOS
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4720 días de vida.

*Hasta ahora sus 17377 usuarios han escrito 26033 temas en los 165 foros que existen.

*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el


Tu última visita fue


19.03.24 11:45
x
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
charro
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
agustin234
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
JOJIBA
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
Panchovilla
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
pitutis
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
Pulo
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
adt468
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
laracroft
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 
1322
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_lcap(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Voting_bar(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Vote_rcap 

Twitter

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

+7
victor47
Pulo
arliveman
toledano8084
drassy
gumdr075
halcon2
11 participantes

Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  halcon2 23.12.17 12:22

Se sorprende a una persona pintando en la fachada del cuartel y en un edificio anexo,los nombres de unos amigos,como actuariais?
halcon2
halcon2



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  gumdr075 23.12.17 14:33

Buenos dias, yo splicaria el deslucimiento de la 4/2015, pero creo que tambien toene cabida el 263.2 del CP que dice:
2. Delito cualificado de daños

El artículo 263.2 CP establece que“castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que causare daños expresados en el apartado anterior, si concurriere alguno de los supuestos siguientes:

1.º Que se realicen para impedir el libre ejercicio de la autoridad o como consecuencia de acciones ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, bien se cometiere el delito contra funcionarios públicos, bien contra particulares que, como testigos o de cualquier otra manera, hayan contribuido o puedan contribuir a la ejecución o aplicación de las Leyes o disposiciones generales.

2.º Que se cause por cualquier medio, infección o contagio de ganado.

3.º Que se empleen sustancias venenosas o corrosivas.

4.º Que afecten a bienes de dominio o uso público o comunal.

5.º Que arruinen al perjudicado o se le coloque en grave situación económica.

6.º Se hayan ocasionado daños de especial gravedad o afectado a los intereses generales.”
gumdr075
gumdr075



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty delito leve o infracción administrativa

Mensaje  drassy 18.02.18 20:45

Tiene razón el compañero y es sancionable tanto en vía administrativa como penal pero quizá éste sería un supuesto de aplicación del principio de última ratio del derecho penal por lo que yo optaría por la vía administrativa.
drassy
drassy



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  toledano8084 19.02.18 1:15

Buenas!!

Lo que relata el compañero sería un deslucimiento solamente, no daños, por lo  creo que sólo tendría cabida la vía administrativa.

Un saludo.
toledano8084
toledano8084



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  arliveman 15.01.22 21:13

El deslucimiento también pueden ser daños. Pues hay sprays o similares que por su composición, en contacto con el material donde se esparza, puede ocasionar deterioro y ser ineficaz su limpieza, por eso el deslucimiento también puede ser un daño
arliveman
arliveman



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  Pulo 16.06.22 5:08

arliveman escribió:El deslucimiento también pueden ser daños. Pues hay sprays o similares que por su composición, en contacto con el material donde se esparza, puede ocasionar deterioro y ser ineficaz su limpieza, por eso el deslucimiento también puede ser un daño
Sí, la línea entre la infracción administrativa y daños (penal) es muy delgada. Yo entiendo que sería deslucimiento si la pintura utilizada puede ser retirada con facilidad. De lo contrario delito (leve o menos grave) de daños.
Pulo
Pulo



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Deslucimiento

Mensaje  victor47 18.06.22 20:22

Buenas tardes compañeros. Yo, en este caso, me inclinaría por la vía administrativa, por deslucimiento de bienes. A no ser que, como han comentado otros compañeros, la pintura provocase otros daños más graves.
Todo ello salvo superior criterio...
victor47
victor47



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  luisgomez 29.06.22 14:08

Buenos días compañeros.
Básicamente ya habéis llegado a un lugar común acerca de cuando considerar delito de daños o infracción administrativa, no obstante os adjunto el enlace de una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres en la que se recoge un resumen de los pronunciamientos de otras Audiencias.
Resumidamente,  viene a confirmar lo que ya se apuntó. 
Independientemente del valor de las labores de limpieza o reparación, sería delito cuando para la eliminación de la pintada, no sería suficiente con proceder a su limpieza, sino que habría que reparar o repintar el lugar donde se practicó para volver a su estado original.
En el resto de supuestos, cuando las labores de reposición no excedan de la simple limpieza, infracción administrativa. Fijándose la cuantía indemnizatoria, bien en el propio expediente sancionador o en el procedimiento complementario que se dice en el artículo 90.4 de la ley 39/2015.
Un saludo
chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=8215226&links=%22grafiti%22&optimize=20171124&publicinterface=true
luisgomez
luisgomez



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty DELITO LEVE O INFRACCION ADMINISTRATIVA

Mensaje  epsm 09.07.22 13:36

Bajo mi punto de vista, cuando no podemos valorar la reparación del daño, se realizan diligencias a prevención acompañadas de acta denuncia por infracción a la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo de Protección de la Seguridad Ciudadana donde se haga constar que en base al artículo 45 de la citada Ley la vía administrativa queda paralizada hasta que se resuelva la vía penal.
epsm
epsm



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  vega799 19.07.22 19:57

halcon2 escribió:Se sorprende a una persona pintando en la fachada del cuartel y en un edificio anexo,los nombres de unos amigos,como actuariais?
infracción administrativa, puedes aplicar el deslucimiento de bienes de  
la L.O 4/2015 LOPSC, o si tu municipio cuenta con ordenanza de convivencia, aplicar la misma, así como la reparación del daño o perjuicio creado.

No es aplicable, o por lo menos así entiendo yo la vía penal, puesto que para calificarlo como delito de daño, la fachada tiene que quedar totalmente dañada, sin posibilidad de arreglo, o que ese arreglo sea muy complejo.
vega799
vega799



Volver arriba Ir abajo

(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Empty Re: (#Consulta) Delito leve o infracción administrativa

Mensaje  MMG98 12.01.24 0:56

Buenas, adjunto Sentencia del Tribunal Supremo en la que se trata la problemática comentada en este post, indicando que el delito de daños puede englobar la conducta de "deslucimientos" sin que quepa acudir únicamente a la vía administrativa.
"El deslucimiento de un bien que implique una pérdida de su valor o suponga una necesidad de reparación evaluable económicamente, ha de ser reconducido al delito de daños. La derogación de ese precepto (deslucimiento entenido como falta) no arrastra a la despenalización de la conducta que contemplaba. Así se deduce de la Exposición de Motivos de la reforma de 2015 y algunas incidencias en la tramitación que la recurrente destaca en su argumentario y que ilustran sobre lo que era la voluntad del legislador. Despenalizada la falta del art. 626 CP, que constituía un precepto especial ( art. 8 CP) al contemplar supuestos en los que el resultado básico solo requería labores de limpieza, la conducta encontrará acomodo en el delito de daños si resultan perjuicios patrimoniales. La cuantía determinaría el rango del delito (leve o menos grave)."
Archivos
(#Consulta) Delito leve o infracción administrativa  Attachment
STS_3485_2023.pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(147 KB) Descargado 11 veces
MMG98
MMG98



Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.