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(#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
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(#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
Buenas, las personas cada vez se la ingenian más, a la hora de utilizar el móvil y circulando con la moto se lo introducen en el casco para conducir y hablar a la vez sin utilizar las manos.
Yo lo tengo claro y denuncio por hacer uso del móvil pero me gustaría que opinéis si hay alguna argucia legal o nos quedamos con la interpretación del agente.
Yo lo tengo claro y denuncio por hacer uso del móvil pero me gustaría que opinéis si hay alguna argucia legal o nos quedamos con la interpretación del agente.
agente107
Re: (#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
hombre todo depende de porque articulo lo estas denunciando, recuerda que si es por el teléfono móvil, el art 18.2.5b, dice : conducir utilizando manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo. en el caso que comentas deberías de denunciarlo por el art 18.2.5a conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
vega799
Re: (#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
Yo creo que el texto de la infracción sería, "hacer uso de teléfono móvil, sin dispositivo manos libres homologado", puesto que no utiliza auriculares, ni dispositivos bluetooth, tipo pinganillo.
murete
Re: (#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
En relación al tema del uso de auriculares, os dejo una noticia que tiene su tiempo, sobre ello....
Fuente: Link noticia
Un juez dictamina que conducir oyendo música con un auricular no es sancionable
Un juez de Madrid dicta una sentencia en la que anula “por no ser ajustada a derecho” una multa. El conductor llevaba solo uno de los dos auriculares en el momento de ser sancionado.
jordipol
Re: (#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
El reglamento General de Circulación habla de "auriculares"jordipol escribió:En relación al tema del uso de auriculares, os dejo una noticia que tiene su tiempo, sobre ello....Un juez dictamina que conducir oyendo música con un auricular no es sancionableFuente: Link noticiaUn juez de Madrid dicta una sentencia en la que anula “por no ser ajustada a derecho” una multa. El conductor llevaba solo uno de los dos auriculares en el momento de ser sancionado.
Ahora bien, con la nueva Ley de Tráfico a la hora de referirse a la conducción con auriculares, lo hace en SINGULAR.
Ahora mismo el Reglamento prohíbe hablar en plural (de los 2) y la Ley en singular (cualquier tipo de auricular).
Por tanto, En caso de duda o discrepancia, impera la jerarquía Normativa, osea que por subordinación normativa, en ese caso, se denunciaría por la LSV.
He de decir, que cuando el juez dictaminó que no era sancionable el conducir con UN SOLO AURICULAR LA LSV (hablamos de una sentencia del 2011)no recogía el SINGULAR como SI lo hace la actual, diferencia que nos capacita para denunciar este tipo de conducción.
agenjo
Re: (#Consulta) circular con el móvil sujeto en el casco
agenjo escribió:
Ahora bien, con la nueva Ley de Tráfico a la hora de referirse a la conducción con auriculares, lo hace en SINGULAR.
Ahora mismo el Reglamento prohíbe hablar en plural (de los 2) y la Ley en singular (cualquier tipo de auricular).
Por tanto, En caso de duda o discrepancia, impera la jerarquía Normativa, osea que por subordinación normativa, en ese caso, se denunciaría por la LSV.
He de decir, que cuando el juez dictaminó que no era sancionable el conducir con UN SOLO AURICULAR LA LSV (hablamos de una sentencia del 2011)no recogía el SINGULAR como SI lo hace la actual, diferencia que nos capacita para denunciar este tipo de conducción.
Buena apunte, compañero.

jordipol

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