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(#Video) INFRACCIONES EN MATERIA DE ANIMALES DE COMPAÑIA
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(#Video) INFRACCIONES EN MATERIA DE ANIMALES DE COMPAÑIA
Como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo,
de protección de los derechos y el bienestar de los animales, el día 29 de septiembre de 2023, se dan a continuación una serie de pautas que ayuden a resolver las dudas sobre su aplicación en lo relativo al régimen sancionador.
Se establece la legislación aplicable a los animales de compañía excluyendo a los perros potencialmente peligrosos ya que la nueva ley no cambia nada en cuanto a estos animales por lo que ha de entenderse que en este caso se sigue aplicando la ley específica en cuanto a que no contradice ni se opone a la legislación básica. (Decreto 42/2008 de 12 de febrero por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y Ley 50/1999 de 23 de diciembre sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos).
Dado el carácter básico de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, deberá ser aplicada en todo el territorial nacional, si bien en Andalucía se aplicará la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales, (Ley autonómica) en todo lo que no esté previsto en la Ley 7/2023, de 28 de marzo y no entre en contraposición con la misma.
En primer lugar se establece la obligación de identificación de los animales de compañía, especialmente, perros, gatos y hurones así como los tratamientos veterinarios que se les debe aplicar, como vacuna antirrabica y desparasitación del animal.
Se exponen los animales que excluye esta nueva Ley y el facilitarle acceso a medios de transporte y a edificios y dependencias públicas. Se enumeran el catálogo de infracciones leves, graves y muy graves y su aplicación en base a la norma estatal o autonómica así como las medidas provisionales que les son de aplicación.
Por último se trata las infracciones penales con animales diferenciando especialmente las incluidas en el nuevo Título XVI bis, de los delitos contra los animales aclarando la aplicación de los artículos 340 bis en sus distintos apartados y 340 ter.
Todo ello se adjunta en un documento en PDF que puedes descargarlo en el enlace que se adjunta debajo del vídeo en el canal de youtube.
de protección de los derechos y el bienestar de los animales, el día 29 de septiembre de 2023, se dan a continuación una serie de pautas que ayuden a resolver las dudas sobre su aplicación en lo relativo al régimen sancionador.
Se establece la legislación aplicable a los animales de compañía excluyendo a los perros potencialmente peligrosos ya que la nueva ley no cambia nada en cuanto a estos animales por lo que ha de entenderse que en este caso se sigue aplicando la ley específica en cuanto a que no contradice ni se opone a la legislación básica. (Decreto 42/2008 de 12 de febrero por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y Ley 50/1999 de 23 de diciembre sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos).
Dado el carácter básico de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, deberá ser aplicada en todo el territorial nacional, si bien en Andalucía se aplicará la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales, (Ley autonómica) en todo lo que no esté previsto en la Ley 7/2023, de 28 de marzo y no entre en contraposición con la misma.
En primer lugar se establece la obligación de identificación de los animales de compañía, especialmente, perros, gatos y hurones así como los tratamientos veterinarios que se les debe aplicar, como vacuna antirrabica y desparasitación del animal.
Se exponen los animales que excluye esta nueva Ley y el facilitarle acceso a medios de transporte y a edificios y dependencias públicas. Se enumeran el catálogo de infracciones leves, graves y muy graves y su aplicación en base a la norma estatal o autonómica así como las medidas provisionales que les son de aplicación.
Por último se trata las infracciones penales con animales diferenciando especialmente las incluidas en el nuevo Título XVI bis, de los delitos contra los animales aclarando la aplicación de los artículos 340 bis en sus distintos apartados y 340 ter.
Todo ello se adjunta en un documento en PDF que puedes descargarlo en el enlace que se adjunta debajo del vídeo en el canal de youtube.
Última edición por epsm el 04.01.24 6:03, editado 1 vez
epsm
Re: (#Video) INFRACCIONES EN MATERIA DE ANIMALES DE COMPAÑIA
Buenas!!! no encuentro el enlace para el documento en PDF que indica en la explicación o comentario. Gracias
ers018
INFRACCIONES EN MATERIA DE ANIMALES
El enlace se encuentra colgado en el canal de youtube en los comentarios debajo del vídeo, disculpeme por no haberlo aclarado en la descripción.ers018 escribió:Buenas!!! no encuentro el enlace para el documento en PDF que indica en la explicación o comentario. Gracias
epsm
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