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Documentos solicitud compatibilidad trabajo ajeno al de funcionario
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Documentos solicitud compatibilidad trabajo ajeno al de funcionario
Como norma general el trabajo remunerado fuera de la función de policía y/o Guardia Civil, están prohibidos por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas (BOE núm 4 de 04.01.1985) y en el caso de la Guardia Civil por el en Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de Incompatibilidades del personal militar (BOE. Núm 64 de 15.03.1986).
Existen excepciones a estas restricciones, como son en el caso de ejercer la docencia con un máximo de 20 horas a la semana y la gestión del propio patrimonio.
Para poder ejercer alguno de estos dos casos, hay que solicitarlo y que sea aprobado, por ello os dejo una instancia (Guardia Civil) y otra instancia para solicitarlo al ministerio de administraciones publicas.
Existen excepciones a estas restricciones, como son en el caso de ejercer la docencia con un máximo de 20 horas a la semana y la gestión del propio patrimonio.
Para poder ejercer alguno de estos dos casos, hay que solicitarlo y que sea aprobado, por ello os dejo una instancia (Guardia Civil) y otra instancia para solicitarlo al ministerio de administraciones publicas.
DATOS A TENER EN CUENTA
1. Primero tienes que solicitar al ministro del interior el reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de la actividad privada.
2. Una vez reconocido tienes que solicitar al ministerio de administraciones publicas la solicitud de compatibilidad
3. Tienes mas información en esta pagina [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
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