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Sentencias (Sentencia) Anulada sanción hablar móvil conductor porque agente vigilaba edificios públicos.

Mensaje  INFOPOLICIAL Vie 23 Ago - 17:34

¿Puede un policía que está vigilando un edificio municipal multar a un conductor que está hablando por el móvil? La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 21 de Madrid, Cristina Pacheco del Yerro, ha anulado una denuncia puesta por un agente, ya que en su opinión se ha vulnerado la presunción de inocencia del conductor.


La denuncia le fue puesta al conductor el 28 de diciembre de 2011 y le suponía el pago de 200 euros y la pérdida de tres puntos. Según consta en la sentencia, contra la que cabe recurso, el agente estaba vigilando un edificio. En medio había una terraza velador y una parada de autobús. De hecho, el propio policía puso en las observaciones del boletín de denuncia que no pudo notificarla al supuesto infractor por estar en las labores de custodia del inmueble público.

El conductor sancionado acudió a los servicios jurídicos del Comisariado Europeo del Automóvil (CEA). Este pidió en el recurso que el agente hiciera un detallado informe en el que explicara las circunstancias de la presunta infracción. El Ayuntamiento de Madrid mantuvo la sanción pese a no remitir el citado informe a los abogados de CEA. Estos recurrieron a los tribunales y la magistrada les ha dado la razón ya que en el expediente administrativo solo consta el boletín de denuncia firmado por el agente como única prueba contra el supuesto infractor.

La juez entiende que se ha vulnerado la presunción de inocencia del denunciado y anula la sanción monetaria y la retirada de los puntos.
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Sentencias Re: (Sentencia) Anulada sanción hablar móvil conductor porque agente vigilaba edificios públicos.

Mensaje  charro Vie 23 Ago - 21:19

Para mi, la ausencia de informe es clave para la anulación de la sanción. Simplemente con clarificar y detallar como fue observada la infracción y ratificarse en los extremos de la denuncia una vez recibido el recurso, éste no hubiera prosperado.






"Habiendo negado el actor de los hechos imputados y no habiéndose practicado como prueba ni siquiera el informe del agente denunciante acerca de las circunstancias de la presunta infracción, como solicitó el actor en su escrito de alegaciones, procediéndose, sin mas trámite, al dictado de la resolución sancionadora"

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