INFOPOLICIAL WEB
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
ATAJOS
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4983 días de vida.

*Hasta ahora sus 17722 usuarios han escrito 26279 temas en los 165 foros que existen.

*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el


Tu última visita fue


07.12.24 16:05
x
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
charro
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
agustin234
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
JOJIBA
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
Panchovilla
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
pitutis
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
Pulo
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
adt468
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
1322
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 
laracroft
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_lcap(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Voting_bar(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Vote_rcap 

X (Twitter)

(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

+22
joseruizlopez
Oficial
Franpl
alcores50
Lockbruk7
trewa
TurucMacto
sanidad
trancas84
culupipi
jmgascon
Panchovilla
TARZANII
agustin234
MANUPRI
exaleexale
Pulo
agenjo
baiiiish
camaleón
stier
INFOPOLICIAL
26 participantes

Página 3 de 3. Precedente  1, 2, 3

Ir abajo

CURSO (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  INFOPOLICIAL 28.10.15 16:38

Recuerdo del primer mensaje :

:pensando
Abro este foro para que pongais aqui todas las consultas y dudas en relación con las modificaciones de la LCRIM, así las tendremos todas juntas y no en varios temas.

Saludos OK

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
INFOPOLICIAL



Volver arriba Ir abajo


CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  agustin234 23.11.15 9:56

CONSULTA 1/2015, SOBRE EL ACCESO A LO ACTUADO EN LAS DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN POR QUIEN INVOCA UN INTERÉS LEGÍTIMO.

ÍNDICE: 1. Antecedentes. 2. Planteamiento y objeto de la consulta. 3. Normativa aplicable. 4. El acceso a las diligencias de investigación en trámite: su carácter reservado y la aplicabilidad del secreto externo del art. 301 LECrim. 5. El acceso a las diligencias de investigación archivadas. 6. El concepto de interés legítimo. 7. Tratamiento de las solicitudes de acceso y copias de la documentación contenida en las diligencias de investigación. 8. Régimen de recursos ante las decisiones del Fiscal. 9. Cláusula de vigencia. 10. Conclusiones.
descargar 
Archivos
(#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM - Página 3 Attachment
20151118 Consulta 1_2015 FGE Acceso a lo actuado en diligencias de investigación.pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(459 KB) Descargado 171 veces

agustin234



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  PINREJU 23.11.15 23:26

La Ley Orgánica 13/2015 entra en vigor a los dos meses de la publicación, es decir, el 6 de diciembre de 2.015 (Disposición Final 4ª Ley Orgánica 13/20159,  salvo los previsto para el estatuto del detenido/investigado,  cuya fecha de entrada en vigor es el 1 de noviembre de 2.015.
 
 Entiendo que la figura de investigado esta en vigor.
   
PINREJU
PINREJU



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  INFOPOLICIAL 24.11.15 1:02

Ley 13/2015 escribió:Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con excepción de los apartados uno, tres, cuatro, cinco y seis del artículo único que lo harán el 1 de noviembre de 2015.

NO, la consideración de imputado entra en vigor el 6 de diciembre de 2.015

OK

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
INFOPOLICIAL



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  INFOPOLICIAL 26.11.15 9:52

En este enlace os dejo la relación de embajadas y consulados en España, para comunicar la detención de un extranjero, según la reforma de la LCRIM, además de un modelo de FAX editable para remitir por fax o email.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Saludos

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
INFOPOLICIAL



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  MIRELO11 09.12.15 16:12

Una consulta que nos ha pasado recientemente con un investigado por delito contra la seguridad vial.
Se trata de la asistencia letrada
Yo estoy con “[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]”, en que a todo investigado o detenido hay que leerle los derechos (cada uno los suyos) y que todos tienen derecho a abogado aun cuando no presten declaración, así como que hay que informarle de la asistencia jurídica gratuita.
Pues el caso es el siguiente. ( Es el primero que se me da)
Tenemos un investigado (Alcoholemia), se le informa de la asistencia jurídica gratuita despues los derechos de investigado/no detenido y decide renunciar al abogado, EN SEDE POLICIAL, pero para juicio rápido quiere ser asistido por un abobado del turno de oficio, siempre y cuando no tenga que pagarlo.
Como antecedente, decir que según el Fiscal de tráfico, siempre  y sin excepción, había que citar al abogado (salvo que fuera designado libremente) para los juicios rápidos, aunque el imputado hubiera renunciado a él en sede policial.
Mi pregunta es ¿En este caso, si ha renunciado, tenemos que solicitar el abogado para el juicio? ¿En caso de que no tuviera derecho a la asistencia jurídica gratuita, estaría obligado a pagarlo el investigado si se le ha hecho el requerimiento por la policía?
Fuera del caso en concreto, existe la posibilidad, de que un investigado que renuncia al abogado y que no tiene derecho a la asistencia gratuita, se viera en el juicio sin el abogado porque no ha querido  pagarlo? ¿En caso de ser así, eso no sería una clara indefensión?
Muchas gracias.
MIRELO11
MIRELO11



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  INFOPOLICIAL 09.12.15 17:25

Yo informaria al colegio de abogados de la provincia, el fia dej juicio y q el investigado ha renunciado a ser asistido, y lo enviaria junto el atestado al juzgado. Hay acaba nuestra faena, q decidan en el juzgado luego q hacer con el abogado y el juicio
Saludos

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
INFOPOLICIAL



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  pol205 15.06.16 10:51

INFOPOLICIAL escribió:Yo informaria al colegio de abogados de la provincia, el fia dej juicio y q el investigado ha renunciado a ser asistido, y lo enviaria junto el atestado al juzgado. Hay acaba nuestra faena, q decidan en el juzgado luego q hacer con el abogado y el juicio
Saludos
 Creo es lo más acertado, llamar al Colegio de Abogados e informarles para que ellos dispongan de letrado el día del juicio; además de en el atestado reflejar lo actuado en ese sentido.
 Ahora bien, en mi zona, por parte del Colegio de Abogados o del Juzgado, se facilitó un número de móvil del letrado de guardia, que es al que nos dicen llamemos para requerir la asistencia del letrado de oficio en turno de guardia.
El propio Colegio, nos indica que ellos no van a requerir al letrado que designe la persona detenida (localizarlos no es misión nuestra, dicen), además dicho Colegio tiene un horario de funcionamiento (oficinas prácticamente) sábados y festivos cerrado.
 Si hubiera alguna Instrucción o directriz que indique que es el Colegio de Abogados quien debe requerir al letrado designado o de oficio y comprobar que está colegiado, sería de gran ayuda para muchos de nosotros. ( Ellos se niegan a contactar con letrado designado, y/o comprobar si es o no colegiado y está habilitado, " no es misión nuestra, dicen".
No obstante con el número teléfono de guardia del letrado de oficio, nos suele ir bien; la cosa sería comprobar con el letrado designado por el detenido si está o no habilitado para ejercer de abogado, nosotros carecemos de medios y con la presentación de un carnet/acreditación de abogado, que puede variar según Colegio, podría ser que nos coloquen un "clavo" y después aleguen INDEFENSIÓN en el mejor de los casos.
pol205
pol205



Volver arriba Ir abajo

CURSO Plaza para llamar al abogado de oficio o designado tras un detenido

Mensaje  Pulo 08.10.17 7:43

Buenos días señores!
El otro día me surgió una duda con un detenido. Como sabemos, desde la reforma de la LECrim, la 13/2015, el abogado cuenta con un plazo de 3 horas (y no 8 como antes) para comparecer en sede policial para atender al detenido. Ahora bien -y esta es mi pregunta- ¿Qué tiempo tenemos para llamarlo?
Por ejemplo, detenido a las 03,00 de la mañana, te esperas para llamarlo a unas hora prudenciales o a las 03,05 horas ya le estás dando un toque?
¿cómo lo hacéis? ¿qué tiempo tenemos de margen para esa llamada al Letrado?
Saludos!
Pulo
Pulo



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  Pulo 08.10.17 7:47

Me respondo a mí mismo. Según el 520.5 (segundo párrafo) de la LECrim, La autoridad que tenga bajo su custodia al detenido comunicará inmediatamente al Colegio de Abogados el nombre del designado por el detenido para asistirle a los efectos de su localización y transmisión del encargo profesional o, en su caso, le comunicará la petición de nombramiento de abogado de oficio.
Claro, en ese supuesto, detenido a las 03,00 de la mañana, pues ..., a lo mejor no habría que complicarse y llamarlo a esa misma hora y no esperar a por la mañana a una hora prudencial.
Pulo
Pulo



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  trancas84 08.12.17 0:43

Pulo escribió:Me respondo a mí mismo. Según el 520.5 (segundo párrafo) de la LECrim, La autoridad que tenga bajo su custodia al detenido comunicará inmediatamente al Colegio de Abogados el nombre del designado por el detenido para asistirle a los efectos de su localización y transmisión del encargo profesional o, en su caso, le comunicará la petición de nombramiento de abogado de oficio.
Claro, en ese supuesto, detenido a las 03,00 de la mañana, pues ..., a lo mejor no habría que complicarse y llamarlo a esa misma hora y no esperar a por la mañana a una hora prudencial.

La llamada al Colegio seria inmediata. El tiempo del abogado para asistir a dependencias policiales (3 horas) comienzan cuando el abogado designado por el colegio para asistir a tu detenido, acepta el encargo.
trancas84
trancas84



Volver arriba Ir abajo

CURSO Re: (#Consulta) AQUI todas las dudas o consultas sobre reformas LECRIM

Mensaje  sprint 08.12.17 11:49

Si no te llama el abogado diciendo a la hora que pasa el detenido a disposición judicial para, presentarse a esa hora y hacer todo de seguido...No es la primera vez que he tenido debate con los letrados, pero la experiencia me dice que no hay que discutir, sino plasmarlo por diligencia...

____________________________________________________________________
La formación es seguridad en la intervención 
sprint
sprint



Volver arriba Ir abajo

Página 3 de 3. Precedente  1, 2, 3

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.